DECLARACIÓN Nº 3015-CM-24

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE DECLARA DE INTERÉS MUNICIPAL LA TRAYECTORIA DE RADIO CLUB BARILOCHE

 

ANTECEDENTES

Ley 22285: Fíjense los objetivos, las políticas y las bases que deberán observar los servicios de radiodifusión.

Ley D 3290: Crea Consejo Provincial de Radiodifusión en Frecuencia Modulada-FM. Crea un Registro de emisoras FM.

Ley 1010: Radiodifusión. Declaración de interés provincial de la actividad realizada y las entidades que los agrupan. Provincia de Tierra del Fuego.

Carta Orgánica Municipal.

Nota de la Comisión Directiva del Radio Club Bariloche.

 

FUNDAMENTOS

El Radio Club Bariloche LU1VZ, fundado el 16 de junio de 1953, es una entidad sin fines de lucro que ha desempeñado un papel fundamental en la promoción y desarrollo de la radioafición en San Carlos de Bariloche y sus alrededores. Con más de 60 años de historia, esta organización ha sido un pilar en la comunidad, representando a la ciudad en actividades radiales a nivel local, nacional e internacional.

Desde su creación, el Radio Club Bariloche LU1VZ ha agrupado a un significativo  número de radioaficionados de la región. Su sede, ubicada en la calle Comandante Luis Piedrabuena, a cinco kilómetros del centro de la ciudad, es un punto de encuentro donde se desarrollan múltiples actividades radiales.

El Radio Club Bariloche LU1VZ se dedica al estudio, la experimentación y la construcción de equipos y accesorios necesarios para la intercomunicación con radioaficionados de diferentes partes del mundo. Las actividades incluyen el desarrollo de sistemas y antenas para mejorar la calidad y el alcance de las comunicaciones radiales.

En su sede, se dictan cursos anuales para la formación de futuros radioaficionados, instruyéndolos en el uso de distintos medios de comunicación radial de corta, media y larga distancia, exclusivamente amateur. Los cursos abarcan la operación de equipos en fonía, telegrafía, modos digitales y satelitales, así como las reglamentaciones pertinentes.

El Radio Club Bariloche LU1VZ se compromete a actualizar y mejorar la red de comunicaciones existente, habilitando repetidoras en áreas donde no hay cobertura radial. Este esfuerzo incluye la mejora de la confiabilidad de los sistemas mediante la adquisición de equipos actualizados y la instalación de antenas de mayor calidad.

Además, se están armando estaciones móviles equipadas con avanzados equipos y antenas, lo que permite enlazar transitoriamente áreas sin comunicación. Estas estaciones móviles son esenciales para asegurar una comunicación autónoma, independiente y segura en cualquier situación.

El Radio Club Bariloche LU1VZ juega un rol crucial en la comunidad al colaborar de manera directa en caso de emergencias y/o catástrofes, integrándose con las redes de comunicaciones principales. La puesta en funcionamiento de equipos actualizados permitirá brindar una mejor capacitación a los nuevos radioaficionados, fomentando el uso de tecnologías avanzadas y asegurando una respuesta eficaz en situaciones críticas.

La historia y los esfuerzos continuos del Radio Club Bariloche LU1VZ en la mejora de las comunicaciones radiales y la formación de nuevos radioaficionados merecen reconocimiento. Su compromiso con la comunidad y su papel en la gestión de emergencias hacen que esta entidad sea digna de una declaración de interés, destacando su invaluable contribución a la sociedad.

 

AUTOR: Concejal Leandro Costa Brutten (Incluyendo Bariloche).

COLABORADORES: Comisión Directiva del Radio Club Bariloche LUV1Z.

 

El proyecto original N.º 157/24, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 22 de agosto de 2024, según consta en el Acta N.º 1192/24. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

DECLARACIÓN

 

Art. 1°)

Se declara de interés municipal la trayectoria de Radio Club Bariloche y la labor de su comunidad de radioaficionados, destacando su papel fundamental en la sociedad, especialmente en situaciones de emergencia y catástrofes naturales.

 

Art. 2°)

La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.

 

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.

 

 

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