DECLARACIÓN N° 1214-CM-06
DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: DECLARAR DE INTERES DEPORTIVO Y TURISTICO LA SEGUNDA EDICION DEL TOUR DE LAS MONTAÑAS 2007.
ANTECEDENTES
Nota de fecha 3 de agosto de 2006, presentada por la Sra. Jacqueline Lanusse y Sra. Aldana Eberle, responsables de la organización del Club de Corredores.
FUNDAMENTOS
EL TOUR DE LAS MONTAÑAS tuvo lugar en nuestra ciudad, en su primera edición, los días 17, 18 y 19 de febrero de 2006. Esta segunda edición está programada para los días 16, 17 y 18 de febrero de 2007 organizada por el Club de Corredores de Buenos Aires.
La competencia consiste en una carrera de aventura por equipos de dos integrantes cada uno, que deberán recorrer entre 50 y 60 kilómetros por jornada con descansos nocturnos en sectores habilitados establecidos por la organización y con una duración de tres días.
Contará con una gran cobertura de prensa, un equipo de producción televisiva de la organización para un programa especial y los medios deportivos especializados más importantes.
La largada está prevista realizarse desde el centro de la ciudad con un recorrido dentro del Parque Nacional y su finalización en un establecimiento del Valle Encantado.
Este evento abierto a quienes deseen participar a nivel nacional e internacional, es además de una prueba deportiva un acontecimiento turístico y de promoción de nuestra ciudad por su difusión.
AUTOR: Intendente Municipal, Sr. Alberto Icare.
COLABORADORES: Secretario de Deportes, Sr. Oscar Espósito y Secretario de Gobierno, Sr. Adolfo Foures.
El proyecto original Nº 692/06, fue aprobado en la sesión del día 31 de agosto de 2006, según consta en el Acta Nº 866/06. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 17 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
DECLARACIÓN
Art. 1°) |
Declarar de Interés Deportivo y Turístico la realización de la SEGUNDA EDICION DEL TOUR DE LAS MONTAÑAS 2007, organizado por el Club de Corredores de Buenos Aires, los días 16, 17 y 18 de febrero de 2007. |
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Art. 2°) |
La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal
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Art. 3°) |
Comuníquese. Dese a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.
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