DECLARACIÓN N° 1202-CM-06
DESCRIPCION SINTETICA: DECLARAR DE INTERES CULTURAL LA PARTICIPACION DE LAS COMPAÑÍAS DE TITERES LA PALOMA Y TEATRO TRAMPOLIN, EN EL FESTIVAL DE TEATRO Y XIII BIENAL ITINERANTE IBEROAMERICANA DEL TEATRO DE MUÑECOS, EN VENEZUELA.
ANTECEDENTES
La Subsecretaría de Cultura solicita se declare de Interés Cultural la participación en el Festival del Teatro y Títeres en la República de Venezuela.
FUNDAMENTOS
La compañía local de títeres La Paloma y Teatro Trampolín, ambos con la Dirección del artista Adrián V. Beato, han sido invitados por el Instituto Latinoamericano de Títeres y Teatro Tempo, a participar con las obras: El Cardenal y De Paisanos y Paisanas en Guanare, Venezuela.
Este Festival se llevará a cabo desde el 15 al 26 de noviembre, en la ciudad de Guanare como sede principal, extendiéndose a tres estados vecinos de la República Bolivariana de Venezuela, se expondrá la conocida obra de teatro El Cardenal con la actuación del actor Julio Benítez y dirección de Adrián Beato.
Asimismo, la obra de títeres De Paisanos y Paisanas estará participando del 5 al 15 de noviembre, en el marco de la XIII Bienal Itinerante Iberoamericana del Teatro de Muñecos, en los estados: Portuguesa, Lara, Trujillo, Mérida, Táchira y Barinas.
La participación de las obras y artistas citados, favorecerá a estrechar lazos culturales entre San Carlos de Bariloche y Venezuela.
AUTOR: Intendente Municipal, Sr. Alberto Icare.
COLABORADORES: Secretario de Gobierno, Sr. Adolfo Foures y Subsecretario de Cultura, Sr. Luis M. Torrejón.
El proyecto original Nº 663/06, fue aprobado en la sesión del día 13 de julio de 2006, según consta en el Acta Nº 864/06. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 17 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
DECLARACION
Art. 1°) |
Declarar de Interés Cultural la participación de las Compañías de Titeres La Paloma y Teatro Trampolín, en el Festival de Teatro y XIII Bienal Itinerante Iberoamericana del Teatro de Muñecos, en Venezuela.
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Art. 2°) |
La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.
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Art. 3°) |
Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese. |