DECLARACIÓN N° 1300-CM-07
DESCRIPCION SINTETICA: DECLARAR INTERES MUNICIPAL LAS PRIMERAS JORNADAS NACIONALES DE LÍNEAS DE RIBERA Y RIESGO HÍDRICO.
ANTECEDENTES
Ley 2952 - Código de Aguas de la Provincia de Río Negro.
Acuerdo Federal del Agua y sus fundamentos - Firmado el 17 de septiembre de 2003 en al Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre representantes de la Nación Argentina, de las Provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se arriba así a un acuerdo Acuerdo Federal del Agua donde queda consensuado, en un marco de federalismo concertado, los fundamentos de una política hídrica nacional, racional y aglutinante de todos los sectores. En ejercicio de las facultades concurrentes entre las provincias y la Nación que nuestra Carta Constitucional consagra, este Acuerdo logra amalgamar principios de política que integran los aspectos sociales y ambientales relacionados con el agua como parte de las actividades productivas de la sociedad; incorporando principios básicos de organización, gestión y economía de los recursos hídricos en concierto con principios de protección del recurso. La adopción de los lineamientos de política hídrica así gestados Principios Rectores por parte de todas las Provincias y la Nación, permitirá dotar al país de una Política de Estado.
Consejo Hídrico Federal (COHIFE), integrado por las autoridades hídricas del Estado Nacional y de los Estados Provinciales, incluida la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se constituye en un foro de articulación de las políticas de aguas del país, destacándose entre sus misiones el desarrollo armónico e integral del país en materia de recursos hídricos, en el marco del cumplimiento de los Principios Rectores de Política Hídrica de la República Argentina y las atribuciones contenidas en su carta orgánica.
FUNDAMENTOS
...la sabiduría en el manejo de nuestras aguas se logrará a través de armonizar los aspectos sociales, económicos y ambientales que la identifican.
El agua es un recurso renovable, escaso y vulnerable. Es, también, un elemento insustituible para el sostenimiento de la vida humana y el resto de los seres vivos, siendo al mismo tiempo un insumo imprescindible en innumerables procesos productivos. A pesar de ser renovable, la escasez del agua se manifiesta gradualmente a medida que aumentan las demandas y los conflictos por su uso. Su carácter de vulnerable se manifiesta en la creciente degradación de su calidad, lo cual amenaza la propia existencia de la vida.
Toda el agua que utilizamos, ya sea que provenga de una fuente atmosférica, superficial o subterránea, debe ser tratada como parte de un único recurso, reconociéndose así la unicidad del ciclo hidrológico y de su importante variabilidad espacial y temporal. La conectividad hidrológica que generalmente existe entre las distintas fuentes de agua hace que las extracciones y/o contaminaciones en una de ellas repercutan en la disponibilidad de las otras. De ello se desprende la necesidad de que el Estado ejerza controles sobre la totalidad de las fuentes de agua, dictando y haciendo cumplir la normativa para el aprovechamiento y protección de las diversas fuentes de agua como una sola fuente de suministro.
Por estos motivos, el desarrollo armónico e integral de los recursos hídricos del país resalta la conveniencia y la necesidad de formalizar una instancia federal con injerencia en todos los aspectos de carácter global, estratégico e interjurisdiccional vinculados al desarrollo sustentable de los recursos hídricos.
PERSPECTIVA DE LA POLITICA HIDRICA
Durante los últimos años la sociedad argentina tomó conciencia de la vulnerabilidad y deterioro de la gestión de sus recursos hídricos, dándole la motivación para corregir el rumbo actual. Se coincidió en que el primer paso en esa dirección es definir la visión que conduzca a una base jurídica sólida que garantice una gestión eficiente y sustentable de los recursos hídricos para todo el país.
Con tal fin, y a instancias de la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Nación, las provincias argentinas convocaron a los sectores vinculados con el uso, gestión y protección de sus recursos hídricos, buscando establecer la visión que indique qué es el agua para nosotros y al mismo tiempo señale la forma de utilizarla como motor de nuestro desarrollo sustentable.
De dicha visión se desprende que el aprovechamiento de los recursos hídricos debe realizarse armonizando los aspectos sociales, económicos y ambientales con que nuestra sociedad identifica al agua. Se reconoce que la única forma de lograr utilizar sustentablemente el agua en beneficio de toda la sociedad provendrá de encontrar el balance justo en la aplicación de estos tres faros que deben guiar nuestra política hídrica.
En este marco el Departamento Provincial de Aguas y el Colegio de Agrimensores de Río Negro desarrollarán las Primeras Jornadas Nacionales de Líneas de Ribera y Riesgo Hídrico a celebrarse en San Carlos de Bariloche los días 5, 6 y 7 de noviembre de 2007.
ACTIVIDADES A REALIZAR
La apertura será el día lunes 5, a las 18.00hs, con exposiciones y debates durante los días martes 6 y miércoles 7, cerrándose las mismas ese día a las 20.00 hs.
El esquema de las jornadas prevé, por un lado, dos Conferencias principales:
a. Una al inicio, donde el Ing. Carlos Paoli (INA - FICH) y el Dr. César Magnani (SSRH), expondrán los aspectos principales del trabajo impulsado por el CFI a fines de la década de 1980.
b. Y otra Conferencia al final, que estará planteada para cerrar las exposiciones y destinada a presentar las experiencias, básicamente de gestión y aplicación de las normativas recomendadas y en un país que las esté utilizando desde hace tiempo, como por ejemplo España o Canadá.
También se realizarán unas 15 exposiciones de 30´ con la presencia de Coordinadores para la realización de consultas.
El DPA priorizará trabajos de profesionales integrantes de las distintas Autoridades Provinciales del Agua que tengan avances sobre el tema para que puedan expresar y comunicar sus experiencias.
El Colegio de Agrimensores busca lograr el concurso de colegas que expongan acerca del uso y alcance de las distintas herramientas tecnológicas e informáticas disponibles en la actualidad para abordar los relevamientos topobatimétricos de base en la definición de las líneas de riesgo hídrico, la modelación matemática de situaciones naturales y la generación de MDT y cartografía de base.
También se priorizarán exposiciones que aborden cuestiones administrativas y reglamentarias sobre los procesos de mensura y deslinde, teniendo en cuenta el cumplimiento de los requisitos planteados en la Ley Nacional 26.209 de reciente sanción.
Además, serán bienvenidas y correctamente tratadas, la presentación de trabajos de investigación vinculados al tema central de estas jornadas.
Por último, y previo al cierre de las jornadas, se contará con un espacio para charlas y debates donde se tratarán de elaborar conclusiones y recomendaciones.
DESTINATARIOS
Se busca convocar a abogados, agrimensores, cartógrafos, geomorfólogos, ingenieros hidráulicos e hidrólogos, jueces, legisladores municipales, provinciales y nacionales, autoridades hídricas y de catastro, periodistas especializados, docentes y alumnos universitarios de carreras afines, etc., para exponer, debatir, analizar y tratar de encontrar soluciones a los diversos problemas que, respecto a esa temática, existen en todas y cada una de las provincias argentinas.
AUTORES: Comisión Legislativa: Concejales Sandra Guerrero (MARA); Marcelo Cascón, Alicia Grandío (U.C.R); Andrés Martínez Infante, Diego Breide y Beatriz Contreras (Encuentro).
COLABORADORES: Sr. Gabriel Sorá Departamento Provincial de Aguas y Secretaria Bloque MARA, Sra. Natalia Gili.
El proyecto original Nº 895/07, fue aprobado en la sesión del día 20 de septiembre de 2007, según consta en el Acta Nº 884/07. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
DECLARACIÓN
Art. 1°) |
Declarar de Interés Municipal para esta ciudad, las "Primeras Jornadas Nacionales de Líneas de Ribera y Riesgo Hídrico" a realizarse en la ciudad de San Carlos de Bariloche los días 5, 6 y 7 de noviembre de 2007.
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Art. 2°) |
La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.
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Art. 3°) |
Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.
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