DECLARACIÓN N° 1571-CM-11
DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: DECLARAR EVENTO DE INTERÉS MUNICIPAL EL RECITAL DE DANZA ANUAL DEL INSTITUTO ALONDRA.
ANTECEDENTES
Carta Orgánica Municipal.
Ordenanza 2071-CM-10: Jerarquización de las declaraciones de interés del Concejo Municipal. Reglamentación.
Nota con fecha 19 de octubre de 2011 en la que se solicita la declaración de interés.
Programa de actividades del evento.
Solicitud de declaración de interés.
FUNDAMENTOS
El Instituto Alondra es la primera escuela de danzas de San Carlos de Bariloche, formando a lo largo de su trayectoria alumnas en las distintas categorías y modalidades.
Desde el año 1983 que anualmente realiza el Recital de Danza dirigido por la Profesora Lili Caggiano. En esta oportunidad será el día 9 de diciembre de 2011 en el nuevo Teatro La Baita.
Por medio de este recital el Instituto permite al alumnado, mostrar el crecimiento y aprendizaje realizado durante el año escolar, desenvolviéndose en una circunstancia de un alto nivel de complejidad que los habilita a hacer uso de sus conocimientos y manejarse de manera independiente.
De esta manera el Instituto Alondra da a conocer al público su academia y su forma de trabajo y cada año busca brindar un recital que invite al público a conocer la calidad y el nivel; dos cualidades destacadas de la academia dirigida por la Profesora Lilí Caggiano.
En esta oportunidad se solicita que el evento a llevarse a cabo este año sea declarado de interés municipal.
AUTORA: Concejal Lic. Arabela Carreras (FpV-Sur).
COLABORADA: Sra. Teresa Schunk (FpV-Sur).
El proyecto original Nº 994/11, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 10 de noviembre de 2011, según consta en el Acta Nº 973/11. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
ORDENANZA
Art. 1°) |
Se declara evento de interés municipal el Recital de Danza del Instituto Alondra, a llevarse a cabo el día 9 de diciembre de 2011 en el Teatro La Baita, en San Carlos de Bariloche.
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Art. 2°) |
La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.
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Art. 3°) |
Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.
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