DECLARACIÓN N° 1621-CM-12
DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL CREACIÓN CONSEJO INTERMINISTERIAL POLÍTICAS SOCIALES RÍO NEGRO.
ANTECEDENTES
Decreto Provincial 589/12.
La Resolución original 161-PCM-12, firmada por la Presidenta del Concejo Municipal, Lic. María Eugenia Martini.
FUNDAMENTOS
Por Decreto 589 firmado el día 16 de mayo de 2012 el Gobernador de la Provincia de Río Negro, Alberto Weretilneck, crea el Consejo Interministerial de Coordinación de Políticas Sociales de la Provincia de Río Negro, con el objeto de conformar un ámbito de articulación y coordinación de la política social provincial para mejorar la gestión de gobierno por medio de la formulación de políticas y definición de cursos de acción coordinados e integrales, optimizando la asignación de recursos. Este Consejo estará integrado de forma permanente por los Ministros de Desarrollo Social, Educación y Salud, recayendo la presidencia en el Ministro de Desarrollo Social y será ejercida con carácter ad-honorem.
El Consejo Interministerial de Coordinación de Políticas Sociales tendrá como objetivos:
1. Establecer la Planificación Estratégica de políticas y programas sociales de la Provincia de Río Negro, las estrategias de intervención y los compromisos por resultados.
2. Coordinar y articular la gestión de los organismos responsables de la política social provincial.
3. Establecer las políticas prioritarias para el corto plazo y las definiciones estratégicas para el mediano y largo plazo, orientadas a abordar los principales problemas sociales.
4. Articular y coordinar objetivos estratégicos en materia social con el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales a los efectos de propiciar la compatibilización de prioridades entre la política pública social nacional y la política pública social provincial.
5. Analizar las propuestas de Presupuesto Anual de la finalidad Social por cada organismo del sector a los efectos de su compatibilización con las prioridades que se establezcan.
6. Establecer mecanismos para asegurar el control ciudadano del uso de los fondos públicos sociales y la responsabilidad de los funcionarios en la rendición de cuentas a la sociedad.
7. Promover la participación de las organizaciones no gubernamentales de la sociedad civil y del sector privado en el desarrollo, fomento y auditoría de las políticas sociales.
8. Coordinar la política provincial para financiamiento de los programas sociales viabilizados a través de la cooperación subnacional, nacional e internacional.
9. Definir los grupos, poblaciones y problemas prioritarios a ser atendidos por los Programas Sociales.
10. Diseñar mecanismos de articulación entre los Programas Sociales que ejecutan distintas jurisdicciones del Poder Ejecutivo Provincial minimizando los costos administrativos y operativos.
11. Proponer a los respectivos Ministerios criterios técnicos de asignación de recursos con fines sociales a Municipios.
12. Controlar que el resultado de la asignación de los recursos cumpla con las metas fijadas.
13. Encomendar la realización de auditorías periódicas de los Programas Sociales.
14. Fomentar la coordinación y articulación de los Planes Sociales Provinciales con los Planes Sociales Municipales.
15. Articular los equipos técnicos ministeriales con el objetivo de tender progresivamente al abordaje integral de las problemáticas sociales en el ámbito local y subnacional.
16. Integrar y actualizar los sistemas de información social de los organismos integrantes del Consejo a efectos de brindar los insumos necesarios para que los decisores políticos en conjunto con equipos técnicos sociales tengan la posibilidad de diseñar, monitorear y evaluar las políticas y programas sociales.
17. Articular y coordinar políticas y programas de niñez y adolescencia con el Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Provincia de Río Negro (Co.Ni.A.R.)
18. Coordinar y asistir técnicamente a las distintas áreas en materia de capacitación y desarrollo.
19. Coordinar y planificar la difusión de las políticas y planes sociales y de sus resultados
AUTORA: Concejal María Eugenia Martini (PJ).
La Resolución original Nº 161-PCM-12, con las modificaciones introducidas, fue aprobada en la sesión del día 21 de junio de 2012, según consta en el Acta Nº 986/12. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
DECLARACIÓN
Art. 1°) |
Se declara de interés municipal la conformación del Consejo Interministerial de Coordinación de Políticas Sociales de la Provincia de Río Negro, creado por Decreto del Gobernador de la Provincia de Río Negro, Alberto Weretilneck Nº 589/12 firmado el 16 de mayo de 2012.
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Art. 2°) |
La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.
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Art. 3°) |
Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.
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