DECLARACIÓN N° 1887-CM-15

 

 

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL Y DEPORTIVO LA 1° FECHA DEL CAMPEONATO LATINOAMERICANO DE MTB “MONTENBAIK ENDURO LATAM”.

 

 

ANTECEDENTES

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Ordenanza 2071-CM-10.

 

Nota solicitud declaración de interés.

 

Carpeta con cronograma.

 

Resolución 091-PCM-15 de fecha 31 de marzo de 2015, firmada por el Presidente del Concejo Municipal, Ramón Chiocconi.

 

 

FUNDAMENTOS

 

El Enduro Mountain Bike (MTB) es el boom del ciclismo a nivel mundial. Es el formato de competencia para el concepto de All Mountain. Todos los ciclistas de montaña sin importar qué disciplina provienen ven en el Enduro una disciplina que los integra. Tanto competidores profesionales de todas las disciplinas, como entusiastas del MTB, se ven atraídos y tienen lugar por el tipo de formato en las competencias de Enduro.

 

El “All Mountain” fue el concepto con el que nació el ciclismo de montaña. Para poder descender por senderos de montaña la mayor cantidad de veces se comenzó a trabajar en la evolución de las bicicletas para que estas puedan facilitar el ascenso hasta el comienzo de las bajadas. Cuarenta años más tarde esta madre de las disciplinas es furor en el mundo porque las bicicletas de doble suspensión han llegado a convertirse en piezas de alta tecnología que permiten ascender y descender pudiendo disfrutar al máximo de senderos en cualquier entorno natural. Cuando durante un recorrido se cronometran las bajadas (especial) y se ponen tiempos máximos a las subidas (enlace) es que estamos frente a una competencia de Enduro.

 

El Campeonato de Montenbaik Enduro Chile lleva más de 6 años de éxito en los que creció como ningún otro en Sudamérica logrando incluso ser sede de una fecha del Enduro World Series, y ser los encargados de llevar adelante un evento sin antecentes como el Montenbaik Andes Pacífico. Con esta experiencia y conocimiento ganado es que los directores de Montenbaik redoblan la apuesta y extienden su campeonato a un formato latinoamericano en el que nuclearán bajo el nombre Montenbaik Enduro Latam a las competencias más importantes de la especialidad en Argentina, Brasil y Chile nucleando a los organizadores más reconocidos de MTB en cada uno de estos países.

 

El Montenbaik Enduro Latam nace como un 
evento de Enduro en la meca del
 MTB en la Argentina como lo es el 
Cerro Catedral en San Carlos de Bariloche. Esta locación con su centro de esquí invernal y la gran infraestructura hotelera la convierten en un excelente destino para el desarrollo de una competencia de este nivel.

 

El All Mountain es una disciplina que en su escencia está el viajar y conocer nuevos destinos a través del deporte. 
Es comparable a la pesca con mosca en el perfil de público con alto poder adquisitivo, experto en la actividad y que programa anualmente viajar para desarrollar su deporte.

 

El poder tener una competencia de nivel internacional en Argentina, generaría una exposición sin precedentes en los medios de comunicación más frecuentados por el público que practica este deporte en forma recreativa y que busca nuevos destinos para conocer a través del deporte.

 

En virtud de lo anteriormente expuesto, entendemos importante que el Estado Municipal brinde su apoyo, declarando de interés municipal dicho campeonato.

 

 

AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Ramón Chiocconi.

 

 

COLABORADORES: Concejales Alejandro Ramos Mejía y Edith Garro (PJ).

 

 

INICIATIVA: Martín Cepi Raffo.

 

 

La Resolución 091-PCM-15, con las modificaciones introducidas, fue aprobada en la sesión del día 9 de abril de 2015, según consta en el Acta Nº 1035/15. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

DECLARACIÓN

 

 

Art. 1°)

Se declara de interés municipal y deportivo la primera fecha del campeonato Latinoamericano MTB de Montenbaik Enduro Latam a realizarse el 4 y 5 de abril de 2015 en el Cerro Catedral de la ciudad de San Carlos de Bariloche.

 

Art. 2°)

La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.

 

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.