DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE RENUEVA CONTRATO DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL SRA. ANTONELLA TULINO CATEGORÍA 19
ANTECEDENTES
Resoluciones n.º 373-PCM-2016 y 458-PCM-2017.
Nota n.º 941-SL-2018 de fecha 18/12/2018, la secretaria legislativa del Concejo Municipal.
FUNDAMENTOS
Por resolución 373-PCM-2016 se contrató a la Sra. Antonella Tulino, para ocupar el cargo encomendado como administrativa en la Dirección de Comunicación Institucional del Concejo Municipal. Y por resolución 458-PCM-2017 se renovo el contrato por el termino de doce (12) meses.
Por nota n.º 941-SL-2018 de fecha 18/12/2018, la secretaria legislativa del Concejo Municipal, informa la renovación del contrato de la Sra. Antonella Tulina, categoría 19, por el término de 342 días.
En virtud de las atribuciones otorgadas por el art. 09.º) inciso "g" del texto ordenado (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.
EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
RESUELVE
Art. 1.º) Se renueva el contrato a partir del 01/01/2019 hasta el 08/12/2019 inclusive a la Srta. Antonella Tulino, DNI 32771988, con categoría 19, para desempeñarse como administrativa en la Dirección de Comunicación Institucional dependiente del Concejo Municipal, con una carga horaria de 7 horas diarias y/o 35 horas semanales.
Art. 2.º) Se comunica al Departamento de Sueldos, al Departamento de Personal a efectos de proceder a la liquidación de haberes correspondientes.
Art. 3.º) Comuníquese. Dese a publicidad. Cumplido, archívese.
San Carlos de Bariloche, 21 de diciembre de 2018.
DAB/CRH/cmf
CMSCB.DDYA.MO.01 - Rev.00
fecha: 21 /12 /2018
La impresión de este documento es copia no controlada.
Día de impresión: 21/01/2019 14:12
1
DDYA
CONTRATO DE TRABAJO TRANSITORIO
Concejo Municipal
Municipalidad de San Carlos de Bariloche
"No a la violencia de género. Ni una menos"
(ordenanza 2825-CM-2017)
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
PROVINCIA DE RIÓ NEGRO
Entre el Concejo Municipal de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, representada en este acto por el Señor DIEGO BENÍTEZ DNI n.º 21431424 , en lo sucesivo “EL CONCEJO”, con domicilio real en el centro cívico de la ciudad de San Carlos de Bariloche provincia de Río Negro y por la otra la Srta. ANTONELLA TULINO DNI 32771988 con domicilio real y legal a los efectos de este instrumento en la calle Jorge Cafrune 16182, también de la ciudad de San Carlos de Bariloche, Río Negro , denominado “ LA CONTRATADA” se conviene en celebrar el presente contrato de trabajo transitorio, a plazo, en los términos del art. 2.° inc c) de la ordenanza 137-CM-88 que se regirá conforme a las cláusulas que a continuación se detallan a saber:----------------------------------------------------------
PRIMERA: EL CONCEJO, contratan los servicios de LA CONTRATADA de acuerdo a lo previsto por el art. 2.° inc c) de la ordenanza 137-CM-88 en atención a las necesidades de servicio expuestas en la resolución 328-PCM-2018----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDA: La vigencia del presente contrato se extenderá desde el 01 de enero de 2019 hasta el 08 de diciembre de 2019 inclusive; para cumplir funciones como administrativa en la Dirección de Comunicación Institucional del Concejo Municipal. El contratado reconoce expresamente al tiempo de la firma del presente contrato, haber sido informado y prestar plena conformidad con la contratación transitoria y temporal que conlleva el presente; y puntualmente respecto de la circunstancia de no pertenecer a la planta permanente del personal Municipal.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
TERCERA: El CONCEJO, contrata los servicios de LA CONTRATADA para realizar los trabajos especificados en la cláusula anterior; obligándose a prestarlos con eficacia, buena conducta y dentro del horario que EL CONCEJO le indique el que será aceptado de conformidad.----------------------------------------------------------------------------------------
CUARTA: El CONCEJO abonará a LA CONTRATADA una remuneración mensual equivalente a la categoría 19 del escalafón municipal; siendo dicha retribución de $ 14.122,59 por mes; monto que se incrementará en la misma proporción y oportunidad que los sueldos de los empleados Municipales.-------------------------------------------------------
QUINTA: LA CONTRATADA percibirá además las asignaciones correspondientes a SAC, subsidio familiar y toda otra compensación ; inclusive las asignaciones y otros beneficios que se otorguen con el carácter general a los agentes de la administración.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
SEXTA: LA CONTRATADA queda sometido a los métodos de trabajo y normas que establezca EL CONCEJO; comprometiéndose a su fiel cumplimiento. No tendrá derecho a estabilidad ni a la carrera administrativa, no obstante serle de aplicación las disposiciones legales que correspondan a los deberes, obligaciones que debe observar en su condición de agente Municipal y regímenes disciplinarios de acuerdo a la ordenanza 137-C-88, estatuto de obreros y empleados Municipales de Bariloche.-------------------------------------------------------------------------------------------------
SÉPTIMA: La retribución del CONTRATADO estará sujeta a los descuentos jubilatorios establecidos por la ley 24241 y sus modificatorias; a cargas sociales establecidas por la ley 868 del IPROSS.---------------------------------------
OCTAVA: El incumplimiento por parte del CONTRATADO de sus obligaciones, dará derecho al CONCEJO de rescindir el presente contrato sin necesidad de intimación previa alguna.-------------------------------------------------------
NOVENA: El presente contrato, es celebrado en los términos del art. 2.° inc c) de la ordenanza 137-CM-88, POR TIEMPO DETERMINADO por el término de 342 días a partir del 01/01/2019, operando en consecuencia el vencimiento el 08/12/2019 fecha en la cual quedan extinguida la relación contractual de hecho y pleno derecho; quedando aclarado que en el caso de que las necesidades lo requieran se deberá notificar a LA CONTRATADA por escrito de la continuidad en el empleo.------------------------------------------------------------------------------------------------
DÉCIMA: LA CONTRATADA queda expresa y debidamente preavisado de la terminación de este contrato laboral, en la fecha antes indicada, dando con ello estricto cumplimiento a las disposiciones vigentes.-------------------------------
DECIMOPRIMERA: A todos los fines legales, las partes constituyen sus respectivos domicilio en los lugares indicados precedentemente, lugares donde serán válidas las bonificaciones que se cursen. Asimismo, acuerdan someter todas las controversias que se susciten al ámbito de la III Circunscripción Judicial de la provincial de Río Negro, renunciando a cualquier otro fuero posible.---------------------------------------------------------------------------------
En prueba de conformidad se firman, TRES ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto a los 21 días del mes de diciembre de 2018.
Firma del Contratado / a
ANTONELLA TULINO
DNI 32771988