DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE RENUEVA CONTRATO LOCACIÓN DE SERVICIOS REDISEÑO/ OPTIMIZACIÓN DEL SITIO WEB
ANTECEDENTES
Resolución 063-PCM-2007: Contrato de Locación de Servicios Rediseño Optimización del Sitio Web.
Resolución 626-CM-2020: Se renueva Contrato de Locación de Servicios Rediseño Optimización del Sitio Web.
Nota de fecha 03/02/2020, Subsecretaría de Comunicación Institucional.
Nota 008-SLV-2021 de fecha 02/02/2021, Secretaría Legislativa del Concejo Municipal.
FUNDAMENTOS
El equipo de la Cooperativa de Trabajo Animus Ltda viene desarrollando un trabajo óptimo en el mantenimiento y desarrollo del sitio web del concejo (www.concejobariloche.gov.ar).
El Concejo Municipal contratará los servicios de un profesional, al que se le encomendará las siguientes tareas.
- Carga diaria de contenidos
- Ajustes de componentes/ módulos / formularios
- Carga de documentación
- Armado de nuevas secciones
- Upload Videos/ Audios
- Nuevos features
- Upgrades de sistemas y subsistemas
- Monitoreo activo del Website
- Verificación de seguridad
- Armado de banners para el sitio web
- Compra componentes y licencias subsistemas joomla
Por nota 008-SLV-2021 de fecha 02/02/2021, la secretaria legislativa del Concejo Municipal informa la renovación del contrato a la Cooperativa de Trabajo Animus Ltda, CUIT 30-71649885-5, por el término de 12 meses y la autorización de abonar $ 17.550,00 mensuales.
Existe disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria 2.15.18.25.0040.156.2 (transferencia recursos propios; estudios, investigación y asistencia técnica).
En virtud de las atribuciones otorgadas por el art. 09.º) inciso "g" del texto ordenado (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.
LA PRESIDENTA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE
SAN CARLOS DE BARILOCHE
RESUELVE
Art. 1.º) Se renueva el contrato a la Cooperativa de Trabajo Animus Ltda, CUIT 30-71649885-5, a través de un contrato de locación de servicios profesionales, desde el 01 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive.
CMSCB.DDYA.MO.01 - Rev.00
fecha: 03 /02 /2021
“2021 - año internacional para la Eliminación del Trabajo Infantil”
(ordenanza 3203-CM-20)
1
Art. 2.º) La contratación tendrá directa vinculación con la Subsecretaria de Comunicación Institucional de este cuerpo, a los fines de desarrollar la tarea de asesoramiento.
Art. 3.º) El monto total a abonar al profesional será de $ 17.550,00 (pesos diecisiete mil quinientos cincuenta) mensuales, a imputarse en la partida 2.15.18.25.0040.156.2 (transferencia recursos propios; estudios, investigación y asistencia técnica).
Art. 4.º) La presente resolución se aprueba ad referéndum de la próxima sesión ordinaria del Concejo Municipal.
Art. 5.º) Comuníquese. Dese a publicidad. Cumplido, archívese.
San Carlos de Bariloche, 03 de febrero de 2021.
NSA/CRH/vhf
CMSCB.DDYA.MO.01 - Rev.00
fecha: 03 /02 /2021
“2021 - año internacional para la Eliminación del Trabajo Infantil”
(ordenanza 3203-CM-20)
1
DDYA
CONTRATO DE LOCACIÓN DE
SERVICIOS PROFESIONALES
Concejo Municipal
Municipalidad de San Carlos de Bariloche
"No a la violencia de género. Ni una menos"
(ordenanza 3203-CM-20)
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
PROVINCIA DE RIO NEGRO
Entre el CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE, representado en éste acto por la presidenta del cuerpo Sra. Natalia Soledad Almonacid DNI 32574693, con domicilio en Paseo de la Ciencia Dr. Balseiro 80 de la ciudad de San Carlos de Bariloche, por una de las partes, en adelante EL CONCEJO; y por la otra la COOPERATIVA DE TRABAJO ANIMUS LTDA, CUIT 30-71649885-5, con domicilio en Brazo Tristeza 13.733 Barrio Playa Serena de ésta ciudad, San Carlos de Bariloche, representado en este acto por el Sr. Guillermo Palavecino DNI 21989786, en adelante EL PROFESIONAL; convienen en celebrar el presente contrato de LOCACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES, para que El PROFESIONAL brinde asesoramiento técnico integral en base a las funciones especificas que se incorporan en el texto de la presente.------------------------------------------------
PRIMERA: ANTECEDENTES: Las partes declaran expresamente que constituye de antecedente de este contrato la resolución 063-PCM-2007 y la resolución 626-CM-2020.-------------------------------------------------------------------------
SEGUNDA: OBJETO: EL CONCEJO MUNICIPAL contrata los servicios de EL PROFESIONAL, para su asesoramiento técnico integral en la tarea formulada en el ámbito de la Subsecretaria de Comunicación Institucional. A tales fines se encomienda a EL PROFESIONAL y este así lo acepta las siguientes tareas: Carga diaria de contenidos, ajustes de componentes/ módulos / formularios, carga de documentación, armado de nuevas secciones, upload videos/ audios, nuevos features, upgrades de sistemas y subsistemas, monitoreo activo del website, verificación de seguridad, armado de banners para el sitio web, compra componentes y licencias subsistemas joomla.---------------------------------
TERCERA: PLAN DE TRABAJO: A los fines de facilitar la implementación del presente contrato, EL PROFESIONAL deberá ajustar su trabajo al funcionamiento de la Subsecretaria de Comunicación Institucional y a las tareas establecidas.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
CUARTA: VIGENCIA: El presente contrato tendrá una vigencia de doce (12) meses, a partir del 01 de enero del 2021, operando su vencimiento de pleno derecho el 31 de diciembre del 2021. No obstante ello se conviene expresamente la facultad recíproca de resolver el presente contrato, sin que ello genere derecho indemnizatorio alguno a favor de la otra parte y con la sola obligación de preavisar esta decisión, con diez (10) días corridos de antelación. En todos los casos, tanto ante el vencimiento del contrato como ante el supuesto, que la decisión resolutoria, hubiera sido tomada por EL PROFESIONAL, se conviene expresamente la obligación del mismo, de entregar al CONCEJO MUNICIPAL toda la carpeta de trabajo, documentación, estudios y conclusiones arribadas hasta ese momento, como consecuencia de la ejecución del presente, en el plazo de diez días de antelación a su conclusión.--------------------------
QUINTA: HONORARIOS: Las partes acuerdan que EL CONCEJO abonará a EL PROFESIONAL la suma de pesos diecisiete mil quinientos cincuenta ($ 17.550,00). EL PROFESIONAL emitirá la factura oficial pertinente. Será por exclusiva cuenta y cargo de EL PROFESIONAL todo aporte previsional o arancelario o impositivo, que éste deba abonar como consecuencia del honorario que perciba.------------------------------------------------------------------------------
SEXTA: INFORMACIÓN: EL PROFESIONAL se compromete a manejar con lealtad y reserva toda la información a la que acceda, y mantener a EL CONCEJO en un constante e inmediato conocimiento de todas y cada una de sus conclusiones.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
SÉPTIMA: INCUMPLIMIENTOS: El incumplimiento a cualquiera de las cláusulas aquí convenidas, dará derecho a EL CONCEJO, a exigir su cumplimiento, o rescindir el contrato adicionando los daños y perjuicios que se le produjeron.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
OCTAVA: DOMICILIOS: Las partes constituyen sus domicilios en los enunciados en el encabezamiento del presente, en los que se tendrán por válidas, todas las notificaciones extrajudiciales y judiciales que se cursen.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
En prueba de conformidad se firman, DOS ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, y cada parte recibe el suyo, en la ciudad de San Carlos de Bariloche, a los 03 días del mes de febrero de 2021.
Sr. GUILLERMO PALAVECINO
DNI 21989786
“2021 - año internacional para la Eliminación del Trabajo Infantil”
(ordenanza 3203-CM-20)