DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE MODIFICA RESOLUCIÓN 680-CM-23, 681-CM-23, 682- CM-23, 683-CM-23, 684-CM-23 Y 685-CM-23 ARTÍCULO 5 ° MONTO ASESORES TÉCNICOS UNIDAD COORDINADORA

 

 

ANTECEDENTES

 

Ordenanzas 418-CM-94, 419-CM-94 y 551-CM-96.

 

Resolución 680-CM-23, 681-CM-23, 682-CM-23, 683-CM-23, 684-CM-23 y 685-CM-23.

 

Resolución 1640-I-2023.

 

Acta 148/23 del 27 de septiembre de 2023 de la Comisión Legislativa.

 

Nota del 28 de septiembre de 2023 de la Secretaria Legislativa.

 

 

FUNDAMENTOS

 

Por resoluciones 680-CM-23, 681-CM-23, 682-CM-23, y 684-CM-23 se renovaron los contratos de cuatros asesores técnicos de la Unidad Coordinadora que integran el Consejo de Planificación por los Bloques Juntos Somos Río Negro, Podemos Bariloche, Frente de Todos y Bariloche por el Cambio. Posteriormente, por resoluciones 683-CM-23 y 685-CM-23 se contraron dos asesores para los Bloques PUL y Unidad Ciudadana.

 

Por nota del 28 de septiembre de 2023, la Secretaria Legislativa del Concejo Municipal, informa que en Comisión Legislativa del 27 de septiembre de 2023, Acta 148/23 los presidentes de todos los bloques acordaron el incremento de honorarios de los asesores técnicos de la Unidad Coordinadora que integran el Consejo de Planificación, a partir del 01/09/2023, y hasta el 08/12/2023 autorizando un monto mensual de pesos doscientos cincuenta mil ($250.000,00).

 

Conforme a las razones expuestas, se hace necesario dictar la resolución de Presidencia del Concejo Municipal que plasme tales decisiones.

En virtud de las atribuciones otorgadas por el art.09.º) inciso “g” del texto ordenando (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.

 

 

 

 

 

 

DDYA


 

 

RESOLUCIÓN N.º 212-PCM-2022

 

 

 

"1983-2023. 40 años de Democracia ininterrumpida”

(Ordenanza 3371-CM-23)

 

 

LA PRESIDENTA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE

SAN CARLOS DE BARILOCHE

RESUELVE

 

Art.1°)

Se modifica el articulo 2° de las resoluciones 680-CM-23, 681-CM-23. 682-CM-23 y 684-CM-23 el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“Art. 2°) Se establece que el contrato del anexo I tendrá vigencia desde el 1 de enero de 2023 hasta el 08 de diciembre de 2023. No obstante ello, se conviene expresamente la facultad del Concejo Municipal, de rescindir el presente contrato sin que ello genere derecho indemnizatorio alguno, con la sola obligación a cargo del Concejo Municipal de preavisar esta decisión con treinta (30) días corridos de antelación.

El/la profesional deberá tener vigente la matrícula profesional habilitante mientras subsista el contrato. El incumplimiento de dicha obligación por parte de el/la profesional producirá la rescisión del presente contrato de forma automática sin que ello genere derecho a indemnización alguna”.

 

Art.2°)

Se modifica el articulo 2° de la resolución 683-CM-23, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“Art. 2°) Se establece que el contrato del anexo I tendrá vigencia desde el 29 de marzo de 2023 hasta el 08 de diciembre de 2023. No obstante ello, se conviene expresamente la facultad del Concejo Municipal, de rescindir el presente contrato sin que ello genere derecho indemnizatorio alguno, con la sola obligación a cargo del Concejo Municipal de preavisar esta decisión con treinta (30) días corridos de antelación.

El/la profesional deberá tener vigente la matrícula profesional habilitante mientras subsista el contrato. El incumplimiento de dicha obligación por parte de el/la profesional producirá la rescisión del presente contrato de forma automática sin que ello genere derecho a indemnización alguna”.

 

Art.3°)

Se modifica el articulo 2° de la resolución 685-CM-23, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“Art. 2°) Se establece que el contrato del anexo I tendrá vigencia desde el 01 de abril de 2023 hasta el 08 de diciembre de 2023. No obstante ello, se conviene expresamente la facultad del Concejo Municipal, de rescindir el presente contrato sin que ello genere derecho indemnizatorio alguno, con la sola obligación a cargo del Concejo Municipal de preavisar esta decisión con treinta (30) días corridos de antelación.

El/la profesional deberá tener vigente la matrícula profesional habilitante mientras subsista el contrato. El incumplimiento de dicha obligación por parte de el/la profesional producirá la rescisión del presente contrato de forma automática sin que ello genere derecho a indemnización alguna”.

 

Art. 4°)

Se modifica el artículo 5° de las resoluciones 680-CM-23, 681-CM-23, 682-CM-23, 683-CM-23, 684-CM-23 y 685-CM-23 que quedará redactado de la siguiente manera:

 

Art. 5.°) Se establece que desde el inicio del contrato hasta el 31/03/2023, el monto mensual total a abonar se fija en pesos setenta y ocho mil cien ($78.100); desde el 01/04/2023 al 31/08/2023 el monto mensual total a abonar se fija en pesos ciento cincuenta y seis mil doscientos ($156.200); y desde el 01/09/2023 al 08/12/2023 el monto mensual se fija en pesos doscientos cincuenta mil ($250.000,00).

 

Art. 5°)

Se ratifica la adenda al convenio suscripto entre el Concejo Municipal y los profesionales de la Unidad Coordinadora que integran el Consejo de Planificación.

 

Art. 6°)

Se comunica al Departamento de Contaduría a efectos de proceder a la liquidación de honorarios correspondientes.

 

Art. 7°)

Se afecta la partida presupuestaria 2.15.18.25.0040.175.2 (transferencia recursos propios).

 

Art. 8°)

La presente resolución se aprueba ad referéndum de la próxima sesión ordinaria de Concejo Municipal.

Art. 9°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

 

San Carlos de Bariloche, 29 de septiembre de 2023.

NSA/CRH/sag.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

|CMSCB.DDYA.MO.01 - Rev.00

fecha: 28/09 /2022

 

 

 

 

 

 

DDYA


 

 

ANEXO 1

 

 

 

"1983-2023. 40 años de Democracia ininterrumpida”

(Ordenanza 3371-CM-23)

 

 

ADENDA AL CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS SUSCRIPTO ENTRE EL PROFESIONAL DE LA UNIDAD COORDINADORA DEL CONSEJO DE PLANIFICACIÓN Y EL CONCEJO MUNICIPAL

 

Entre el Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche, representado en este acto por la presidenta del cuerpo sra. Natalia Soledad Almonacid DNI 32.574.693, con domicilio en la calle Paseo de la Ciencia Dr. Balseiro 80, de la ciudad de San Carlos de Bariloche, en adelante EL CONCEJO, y la sra. Paula Gabriela Arce, arquitecta matrícula 1899-3, DNI 35.817.563, con domicilio en la calle Chubut 677, de la ciudad de San Carlos de Bariloche, en adelante EL PROFESIONAL, se conviene en celebrar la presente adenda al Contrato de Locación de Servicios Profesionales, bajo los términos y condiciones expuestos en el presente.------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

PRIMERA: De común acuerdo ambas partes resuelven, mediante la presente adenda modificar la cláusula tercera del Contrato de Locación de Servicios Profesionales, determinando que el tendrá vigencia desde el 01 de enero de 2023 hasta el 08 de diciembre de 2023.

 

SEGUNDA: Se modifica la clausula quinta del Contrato de Locación de Servicios Profesionales estipulando que los honorarios mensuales de los asesores técnicos que integran la Unidad Coordinadora del Consejo de Planificación de la siguiente manera:

 

Desde el 01/09/2023 al 08/12/2023 el monto mensual se fija en pesos doscientos cincuenta mil ($250.000,00).

 

Se da lectura y en prueba de conformidad se suscriben dos ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en San Carlos de Bariloche a los 29 días del mes de septiembre de dos mil veintitres.-------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

 

 

 

 

Arquitecta Paula Gabriela Arce

Matrícula 1899-3

DNI 35.817.563

 

 

 

 

 

 

DDYA


 

 

ANEXO I

 

 

 

"1983-2023. 40 años de Democracia ininterrumpida”

(Ordenanza 3371-CM-23)

 

ADENDA AL CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS SUSCRIPTO ENTRE EL PROFESIONAL DE LA UNIDAD COORDINADORA DEL CONSEJO DE PLANIFICACIÓN Y EL CONCEJO MUNICIPAL

 

Entre el Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche, representado en este acto por la presidenta del cuerpo sra. Natalia Soledad Almonacid DNI 32.574.693, con domicilio en la calle Paseo de la Ciencia Dr. Balseiro 80, de la ciudad de San Carlos de Bariloche, en adelante EL CONCEJO, y el Sr. Ricardo Martin, ingeniero civil matricula A-4229-3, DNI 14.519.497, con domicilio en la calle Copahue 4512, de la ciudad de San Carlos de Bariloche, en adelante EL PROFESIONAL, se conviene en celebrar la presente adenda al Contrato de Locación de Servicios Profesionales, bajo los términos y condiciones expuestos en el presente.-------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

PRIMERA: De común acuerdo ambas partes resuelven, mediante la presente adenda modificar la cláusula tercera del Contrato de Locación de Servicios Profesionales, determinando que el tendrá vigencia desde el 01 de enero de 2023 hasta el 08 de diciembre de 2023.

 

SEGUNDA: Se modifica la clausula quinta del Contrato de Locación de Servicios Profesionales estipulando que los honorarios mensuales de los asesores técnicos que integran la Unidad Coordinadora del Consejo de Planificación de la siguiente manera:

 

Desde el 01/09/2023 al 08/12/2023 el monto mensual se fija en pesos doscientos cincuenta mil ($250.000,00).

 

Se da lectura y en prueba de conformidad se suscriben dos ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en San Carlos de Bariloche a los 29 días del mes de septiembre de dos mil veintitres.-------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

 

 

 

 

 

 

Ingeniero civil Ricardo Martin

Matrícula A-4229-3

DNI 14.519.497

 

DDYA


 

 

ANEXO II

 

 

 

"1983-2023. 40 años de Democracia ininterrumpida”

(Ordenanza 3371-CM-23)

 

 

ADENDA AL CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS SUSCRIPTO ENTRE EL PROFESIONAL DE LA UNIDAD COORDINADORA DEL CONSEJO DE PLANIFICACIÓN Y EL CONCEJO MUNICIPAL

 

Entre el Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche, representado en este acto por la presidenta del cuerpo sra. Natalia Soledad Almonacid DNI 32.574.693, con domicilio en la calle Paseo de la Ciencia Dr. Balseiro 80, de la ciudad de San Carlos de Bariloche, en adelante EL CONCEJO, y la Sra. Fabiela Andrea Orlandi, arquitecta matrícula 1432-3, DNI 16.473.009, con domicilio en la calle Av. Bustillo 21758, de la ciudad de San Carlos de Bariloche, en adelante EL PROFESIONAL, se conviene en celebrar la presente adenda al Contrato de Locación de Servicios Profesionales, bajo los términos y condiciones expuestos en el presente.-------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

PRIMERA: De común acuerdo ambas partes resuelven, mediante la presente adenda modificar la cláusula tercera del Contrato de Locación de Servicios Profesionales, determinando que el tendrá vigencia desde el 01 de enero de 2023 hasta el 08 de diciembre de 2023.

 

SEGUNDA: Se modifica la clausula quinta del Contrato de Locación de Servicios Profesionales estipulando que los honorarios mensuales de los asesores técnicos que integran la Unidad Coordinadora del Consejo de Planificación de la siguiente manera:

 

Desde el 01/09/2023 al 08/12/2023 el monto mensual se fija en pesos doscientos cincuenta mil ($250.000,00).

 

Se da lectura y en prueba de conformidad se suscriben dos ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en San Carlos de Bariloche a los 29 días del mes de septiembre de dos mil veintitres.-------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

 

 

 

 

 

Arquitecta Fabiela Andrea Orlandi

Matrícula 1432-3

DNI 16.473.009

 

 

 

 

 

 

 

 

DDYA


 

 

ANEXO III

 

 

 

"1983-2023. 40 años de Democracia ininterrumpida”

(Ordenanza 3371-CM-23)

 

 

 

ADENDA AL CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS SUSCRIPTO ENTRE EL PROFESIONAL DE LA UNIDAD COORDINADORA DEL CONSEJO DE PLANIFICACIÓN Y EL CONCEJO MUNICIPAL

 

Entre el Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche, representado en este acto por la presidenta del cuerpo sra. Natalia Soledad Almonacid DNI 32.574.693, con domicilio en la calle Paseo de la Ciencia Dr. Balseiro 80, de la ciudad de San Carlos de Bariloche, en adelante EL CONCEJO, y el Sr. Ramiro Casas arquitecto matrícula 1351-3, DNI 24.784.697, con domicilio en calle Lancha Cormoran 30 Barrio Villa verde, de la ciudad de San Carlos de Bariloche, en adelante EL PROFESIONAL, se conviene en celebrar el siguiente contrato de locación de servicios profesionales, bajo los términos y condiciones expuestos en el presente.--------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

PRIMERA: De común acuerdo ambas partes resuelven, mediante la presente adenda modificar la cláusula tercera del Contrato de Locación de Servicios Profesionales, determinando que el tendrá vigencia desde el 01 de enero de 2023 hasta el 08 de diciembre de 2023.

 

SEGUNDA: Se modifica la clausula quinta del Contrato de Locación de Servicios Profesionales estipulando que los honorarios mensuales de los asesores técnicos que integran la Unidad Coordinadora del Consejo de Planificación de la siguiente manera:

 

Desde el 01/09/2023 al 08/12/2023 el monto mensual se fija en pesos doscientos cincuenta mil ($250.000,00).

 

Se da lectura y en prueba de conformidad se suscriben dos ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en San Carlos de Bariloche a los 29 días del mes de septiembre de dos mil veintitres.-------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

 

 

 

 

 

Arquitecto Ramiro Casas

DNI 24.784.697 matrícula 1351-3

 

 

 

DDYA


 

 

ANEXO IV

 

 

 

"1983-2023. 40 años de Democracia ininterrumpida”

(Ordenanza 3371-CM-23)

 

 

ADENDA AL CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS SUSCRIPTO ENTRE EL PROFESIONAL DE LA UNIDAD COORDINADORA DEL CONSEJO DE PLANIFICACIÓN Y EL CONCEJO MUNICIPAL

 

Entre el Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche, representado en este acto por la presidenta del cuerpo Sra. Natalia Soledad Almonacid DNI 32.574.693, con domicilio en la calle Paseo de la Ciencia Dr. Balseiro 80, de la ciudad de San Carlos de Bariloche, en adelante EL CONCEJO, y la Sra. María Torrijos Orlandi DNI 38.866.357 arquitecta matrícula 2175-3, con domicilio en la Av. Bustillo 21.758, de la ciudad de San Carlos de Bariloche, en adelante LA PROFESIONAL, se conviene en celebrar el siguiente contrato de locación de servicios profesionales, bajo los términos y condiciones expuestos en el presente-----------------------------

 

PRIMERA: De común acuerdo ambas partes resuelven, mediante la presente adenda modificar la cláusula tercera del Contrato de Locación de Servicios Profesionales, determinando que el tendrá vigencia desde el 29 de marzo de 2023 hasta el 08 de diciembre de 2023.

 

SEGUNDA: Se modifica la clausula quinta del Contrato de Locación de Servicios Profesionales estipulando que los honorarios mensuales de los asesores técnicos que integran la Unidad Coordinadora del Consejo de Planificación de la siguiente manera:

 

 

Desde el 01/09/2023 al 08/12/2023 el monto mensual se fija en pesos doscientos cincuenta mil ($250.000,00).

 

Se da lectura y en prueba de conformidad se suscriben dos ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en San Carlos de Bariloche a los 29 días del mes de septiembre de dos mil veintitres.-------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

 

 

 

 

 

Arquitecta Maria Torrijo Orladi

Matrícula 2175-3

DNI 38.866.357

 

 

 

DDYA

ANEXO V

"1983-2023. 40 años de Democracia ininterrumpida”

(Ordenanza 3371-CM-23)

 

 

ADENDA AL CONTRATO DE LOCACIÓN DE SERVICIOS SUSCRIPTO ENTRE EL PROFESIONAL DE LA UNIDAD COORDINADORA DEL CONSEJO DE PLANIFICACIÓN Y EL CONCEJO MUNICIPAL

Entre el Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche, representado en este acto por la presidenta del cuerpo Sra. Natalia Soledad Almonacid DNI 32.574.693, con domicilio en la calle Paseo de la Ciencia Dr. Balseiro 80, de la ciudad de San Carlos de Bariloche, en adelante EL CONCEJO, y el Sr. Rául Alberto Martiniau DNI 8.410.794, matrícula 0176-3 con domicilio en Rigel 170 de la ciudad de San Carlos de Bariloche, en adelante EL PROFESIONAL, se conviene en celebrar el siguiente contrato de locación de servicios profesionales, bajo los términos y condiciones expuestos en el presente.--------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

PRIMERA: De común acuerdo ambas partes resuelven, mediante la presente adenda modificar la cláusula tercera del Contrato de Locación de Servicios Profesionales, determinando que el tendrá vigencia desde el 01 de abril de 2023 hasta el 08 de diciembre de 2023.

 

SEGUNDA: Se modifica la clausula quinta del Contrato de Locación de Servicios Profesionales estipulando que los honorarios mensuales de los asesores técnicos que integran la Unidad Coordinadora del Consejo de Planificación de la siguiente manera:

 

Desde el 01/09/2023 al 08/12/2023 el monto mensual se fija en pesos doscientos cincuenta mil ($250.000,00).

 

Se da lectura y en prueba de conformidad se suscriben dos ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en San Carlos de Bariloche a los 29 días del mes de septiembre de dos mil veintitres.-------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

 

 

 

 

Rául Alberto Martiniau

DNI 8.410.794

matrícula 0176-3