DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE MODIFICA PARTIDA PRESUPUESTARIA DEL CONCEJO MUNICIPAL AÑO 2025

 

ANTECEDENTES

Ordenanza 3482-CM-24: Se aprueba el presupuesto municipal para el año 2025.

 

FUNDAMENTOS

Por medio de la Ordenanza N.º 3482-CM-24, se aprueba el Presupuesto Municipal para el Ejercicio 2025, conforme lo tratado en la sesión del 19 de diciembre de 2024, según consta en el Acta N.º 1197/24, correspondiente al Proyecto Original N.º 190/24.

 

En virtud de los gastos ejecutados y a ejecutar en los próximos meses resulta necesario efectuar una reestructuración de las partidas presupuestarias, a fin de adecuarlas a las necesidades operativas y de gestión. A tal efecto, se propone la siguiente modificación:

 

SUMAR A LA PARTIDA

IMPORTE

RESTAR DE LA PARTIDA

2.12.0001.22.001.1.1.02

$10.751.251,98

2.12.2718.22.194.1.1.03

2.12.0001.22.001.1.1.02

$12.890.000,00

2.12.2718.22.194.1.1.02

2.12.0001.22.001.1.1.02

$11.040.000,00

2.12.0001.22.177.1.1.02

2.12.0001.22.001.1.1.02

$25.760.000,00

2.12.0001.22.177.1.1.03

2.12.0001.22.001.1.1.02

$4.474.413,36

2.12.2718.22.195.1.1.02

2.12.0001.22.001.1.1.02

$15.350.000,00

2.12.0001.25.335.2.1.04

2.12.0001.22.001.1.1.02

$20.000.000,00

2.12.0001.22.180.1.1.02

2.12.0066.22.184.1.1.5

$60.000.000,00

2.12.0001.22.180.1.1.02

2.12.0066.22.184.1.1.5

$27.000.000,00

2.12.0066.22.184.1.1.03

2.12.0066.22.184.1.1.5

$7.000.000,00

2.12.2718.22.195.1.1.03

2.12.0066.22.183.1.1.5

$8.568.000,00

2.12.0066.22.183.1.1.02

2.12.0066.22.183.1.1.5

$17.992.000,00

2.12.0066.22.183.1.1.03

2.12.0066.22.186.1.1.02

$4.550.000,00

2.12.0066.22.186.1.1.03

2.12.0066.22.186.1.1.02

$500.000,00

2.12.2099.22.181.1.1.03

 

Por las razones expuestas se hace necesario dictar la resolución de presidencia del Concejo Municipal que plasme tales decisiones.
 

En virtud de las atribuciones otorgadas por el art. 09.º) inciso "f" e “y” del texto ordenado (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.

 

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE

SAN CARLOS DE BARILOCHE

RESUELVE

 

Art. 1.º) Se reasignan las partidas del presupuesto del Concejo Municipal, correspondiente al año 2025 de la siguiente manera:

Se asigna a la partida 2.12.0001.22.001.1.1.02 (Servicio administrativo central. Bienes de consumo) la suma de pesos diez millones setecientos cincuenta un mil doscientos cincuenta y uno con noventa y ocho centavos ($10.751.251,98) y se reduce de la partida 2.12.2718.22.194.1.1.03 (Distinciones, reconocimientos y declaraciones. Servicios no personales).

Se asigna a la partida 2.12.0001.22.001.1.1.02 (Servicio administrativo central. Bienes de consumo) la suma de pesos doce millones ochocientos noventa mil ($12.890.000,00) y se reduce de la partida 2.12.2718.22.194.1.1.02 (Distinciones, reconocimientos y declaraciones. Bienes de consumo).

Se asigna a la partida 2.12.0001.22.001.1.1.02 (Servicio administrativo central. Bienes de consumo) la suma de pesos once millones cuarenta mil ($11.040.000,00) y se reduce de la partida 2.12.0001.22.177.1.1.02 (Expediente digital. Bienes de consumo).

Se asigna a la partida 2.12.0001.22.001.1.1.02 (Servicio administrativo central. Bienes de consumo) la suma de pesos veinticinco millones setecientos sesenta mil ($25.760.000,00) y se reduce de la partida 2.12.0001.22.177.1.1.03 (Expediente digital. Servicios no personales).

Se asigna a la partida 2.12.0001.22.001.1.1.02 (Servicio administrativo central. Bienes de consumo) la suma de pesos cuatro millones cuatrocientos setenta y cuatro mil cuatrocientos trece con treinta y seis centavos ($4.474.413,36) y se reduce de la partida 2.12.2718.22.195.1.1.02 (fortalecimiento a instituciones y comunidad. Bienes de consumo).

Se asigna a la partida 2.12.0001.22.001.1.1.02 (Servicio administrativo central. Bienes de consumo) la suma de pesos quince millones trescientos cincuenta mil ($15.350.000,00) y se reduce de la partida 2.12.2718.22.195.1.1.02 (Fortalecimiento a instituciones y comunidad. Bienes de consumo).

Se asigna a la partida 2.12.0066.22.184.1.1.5 (Semana de la Juventud. Transferencia de programas) la suma de pesos sesenta millones ($60.000.000,00) y se reduce de la partida 2.12.2718.22.195.1.1.02 (Fortalecimiento a instituciones y comunidad).

Se asigna a la partida 2.12.0066.22.184.1.1.5 (Semana de la Juventud. Transferencia de programas) la suma de pesos veintisiete millones ($27.000.000,00) y se reduce de la partida 2.12.0066.22.184.1.1.03 (Semana de la Juventud. Servicios no personales).

Se asigna a la partida 2.12.0066.22.184.1.1.5 (Semana de la Juventud. Transferencia de programas) la suma de pesos siete millones ($7.000.000,00) y se reduce de la partida 2.12.2718.22.195.1.1.03 (Fortalecimiento a instituciones y a la comunidad. Servicios no personales).

Se asigna a la partida 2.12.0066.22.183.1.1.5 (Juventud en el mejoramiento barrial. Transferencia de programas) la suma de pesos ocho millones quinientos sesenta y ocho mil ($8.568.000,00) y se reduce de la partida 2.12.0066.22.183.1.1.02 (Juventud en el mejoramiento barrial. Bienes de consumo).

Se asigna a la partida 2.12.0066.22.183.1.1.5 (Juventud en el mejoramiento barrial. Transferencia de programas) la suma de pesos diecisiete millones novecientos noventa y dos mil $17.992.000,00 y se reduce de la partida 2.12.0066.22.183.1.1.02 (Juventud en el mejoramiento barrial. Servicios no personales).

Se asigna a la partida 2.12.0066.22.186.1.1.02 (Concejal por un día. Bienes de consumo) la suma de pesos cuatro millones quinientos cincuenta mil ($4.550.000,00) y se reduce de la partida 2.12.0066.22.186.1.1.03 (Concejal por un día. Servicios no personales).

Se asigna a la partida 2.12.0066.22.186.1.1.02 (Concejal por un día. Bienes de consumo) la suma de pesos quinientos mil ($500.000,00) y se reduce de la partida 2.12.2099.22.181.1.1.03 (Mujeres que dejaron huellas. Servicios no personales.).
 

Art. 2.º) Se notifica la presente resolución al Departamento de Contaduría para que se realice las gestiones administrativas pertinentes.
 

Art. 3.º) Comuníquese. Publíquese. Cumplido, archivese.

 

San Carlos de Bariloche,

GRDR/GP/sag

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