DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SUBROGANCIA DEL DEPARTAMENTO Y DIVISIÓN DE COORDINACIÓN LEGISLATIVA DEL CONCEJO MUNICIPAL

ANTECEDENTES

Resolución 697-CM-19: Se establece organigrama Concejo Municipal. Manual de misiones y funciones. Abroga resoluciones 618-CM-19, 644-CM-21 y 692-CM-23 .

Resolución 852-PCM-2025.

Nota de la Jefa del Departamento Coordinación Legislativa.

Nota de la Secretaria Legislativa.

FUNDAMENTOS

Por licencia de la agente Claudia Haneck legajo 445 y por nota del 27 de abril de 2026, la Jefa del Departamento de Coordinación Legislativa solicita la subrogancia de la Jefatura del Departamento de Coordinación Legislativa a la agente Gisela Negro legajo 13104 y la subrogancia de la División Coordinación Legislativa a la agente Analia Rodas legajo 15170 desde el 28 de abril de 2026 hasta el 15 de mayo de 2026 inclusive.

Existe disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria 2.13.00.1.1.0001.001.01 (Gastos de personal).

En virtud de las atribuciones otorgadas por el art. 09.º) inciso "g" del texto ordenado (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.

 

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE

SAN CARLOS DE BARILOCHE

RESUELVE

 

Art. 1.º) Se designa la subrogancia de la Jefatura del Departamento de Coordinación Legislativa del Concejo Municipal, a la agente Gisela Negro legajo 13104, desde el 28 de abril de 2026 hasta el 15 de mayo de 2026 inclusive.
 

Art. 2.º) Se designa la subrogancia de la División de Coordinación Legislativa del Concejo Municipal, dependiente de la Jefatura de Coordinación Legislativa, a la agente Analia Rodas legajo 15170, desde el 28 de abril de 2026 hasta el 15 de mayo de 2026 inclusive.
 

Art. 3.º) Se comunica al Departamento de Personal y al Departamento de Sueldos a efectos de proceder a la liquidación de haberes correspondientes.
 

Art. 4.º) Se afecta la partida presupuestaria 2.13.00.1.1.0001.001.01 (Gastos de personal).
 

Art. 5.°) Comuníquese. Dese a publicidad. Cumplido, archívese.

 

San Carlos de Bariloche, 28 de abril de 2026.

GRDR/GP/sag