DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: PAGO A CUENTA FACTURA A LA FIRMA BEKA SERVICIOS SAS
ANTECEDENTES
Ordenanza 257-CM-89, Anexo I, artículo 2°, inc a), g) y h).
Cotización y propuesta técnica de contratación de escenario y servicios complementarios para la Semana de la Juventud 2026 de BEKA SERVICIOS SAS.
La factura 00001-00000010 de fecha 29/09/2026 presentada por la BEKA SERVICIOS SAS.
Nota del 14 de octubre de 2026 del Presidente Gerardo Del Río.
FUNDAMENTOS
La factura presentada por la firma BEKA SERVICIOS SAS corresponde al adelanto del 50% por servicios de técnica unificada, riggining y video para Fiesta de la Juventud: 1) estructura y distribución de escenario, 2) sistema de pantallas, 3) infraestructura riggining y soporte de carga, 4) procesamiento y control de señal y 5) revestimiento y estética.
Por nota del 14 de octubre de 2026 el Presidente Gerardo Del Río, solicita que se proceda al pago de los servicios cotizados por la firma BEKA SERVICIOS SAS en el marco del festejo de la Semana de la Juventud 2026.
La misma se realiza como una contratación directa debido a que la disponibilidad de fondos para la contratación del escenario y artista principal se hizo efectiva el 10 de septiembre de 2026, a partir de la confirmación de un aporte no reintegrable de pesos doscientos cincuenta millones ($250.000,000,00) por parte de la Provincia de Río Negro. En tal sentido, resultó imposible desarrollar los mecanismos de contratación directa previstas en la ordenanza 257-CM-89, encontrandose tal situación contemplada en el art.2° inc a) de la norma.
Asimismo, la contratación se efectuó de forma directa en función de la escasez de proveedores en la región especializados en la materia y por las características técnicas requeridas para garantizar la seguridad del evento. En este sentido, es menester destacar la trayectoria del proveedor y que los estructurales del escenario se encuentran certificados por el fabricante para tener alta resistencia. Asimismo, se resalta que la instalación se realiza unicamente por el personal de la empresa que cuenta con certificación para el armado y desarmado, garantizado así la seguridad del evento, minimizado la probabilidad de accidentes e infortunios. Esta situación se encuentra contemplada expresamente en el Art. 2° inc g) y h) del Anexo I de la ordenanza 257-CM-89.
Se debe proceder a realizar la orden de pago correspondiente.
Existe disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria 2.13.00.1.1.0133.315 (Semana de la Juventud).
En virtud de las atribuciones otorgadas por el art. 09.º) inciso "f" del texto ordenado (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.
EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE
SAN CARLOS DE BARILOCHE
RESUELVE
Art. 1.º) Se autoriza al Departamento Despacho y Administración del Concejo Municipal a extender la siguiente orden de pago a favor de:
BEKA SERVICIOS SAS factura 00001-00000010 de fecha 29/09/2026 por un monto de pesos cincuenta y siete mil millones cuatrocientos setenta y cinco mil……………………………………………………………..……...$57.475.000,00
La factura presentada por la firma BEKA SERVICIOS SAS corresponde al adelanto del 50% por servicios de técnica unificada, riggining y video para Fiesta de la Juventud: 1) estructura y distribución de escenario, 2) sistema de pantallas, 3) infraestructura riggining y soporte de carga, 4) procesamiento y control de señal y 5) revestimiento y estética.
Art. 2°) Se afecta partida presupuestaria 2.13.00.1.1.0133.315 (Semana de la Juventud).
Art. 3.º) Comuníquese. Publíquese. Cumplido, archívese.
San Carlos de Bariloche, 14 de octubre de 2026
GRDR/GP/sag
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