RESOLUCIÓN N° 299-CM-04

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: RECONOCER CON EL PREMIO AL MERITO A LA ESCRITORA SILVIA MONTOTO DE LAZZERI POR SU PRODUCCION LITERARIA.

 

 

ANTECEDENTES

 

Carta Orgánica Municipal, Capítulo 2, artículo 7°, inciso 2: “Fomentar y promover la actividad cultural, física, deportiva y recreativa de la población”.

    

Presentación del libro “Vuelo de poemas” en la Feria Internacional del Libro, impulsado por la Dirección General de Cultura de la Provincia de Río Negro en el año 1983.

 

Ordenanza 1349-CM-03.

 

Presentación del libro “Luna, retamas y sueños” en la Feria Internacional del Libro, impulsado por la Secretaría de Cultura de la Provincia de Río Negro en el año 1994.

 

Declaración de Interés Social, Educativo y Cultural de la obra de la escritora Silvia Montoto de Lázzeri, por parte de la Legislatura de Río Negro.

 

Nota del Diario Río Negro del 14 de septiembre de 2004. 

 

 

FUNDAMENTOS

 

Silvia Montoto de Lázzeri es una escritora rionegrina nacida en Maquinchao, centro de la meseta en la Línea Sur provincial. Cursó sus estudios secundarios y terciarios en Villa Regina, lugar donde formó su familia y escribió sus primeros libros, para luego radicarse definitivamente en San Carlos de Bariloche.

 

Se la reconoce también por su labor docente en los niveles primarios y secundarios, Orientadora Pedagógica del Plan Nacional de Alfabetización.

 

Su residencia en diferentes lugares de la Provincia de Río Negro, marca una impronta en su obra poética, combinación de paisajes geográficos y humanos, modos y costumbres lingüísticas, tradiciones familiares, alegrías y dolores propios y ajenos en un cálido abecedario de cuentos y poemas.

 

Animadora de toda cuestión artística y cultural que la tenga por protagonista, el Colegio Nacional y la Biblioteca de Villa Regina fueron los espacios juveniles que acunaron su predilección por la música, el teatro y las letras.

 

Su última obra “Otro gallo cantaría y otros cuentos”, ilustrada por el reconocido artista plástico Juan Marchessi, marca un cambio importante y significativo en el género poético que la autora empleara hasta el momento.

 

 

Afiliada a la S.A.D.E. (Sociedad Argentina de Escritores) filial Neuquén y miembro de la Sociedad de Escritores Patagónicos, a la fecha ha publicado las siguientes obras:

 

“Antología de expresiones literarias del Neuquén”, (S.A.D.E.) 1977.

“Vuelo de poemas“, (OR.E.S.P.A) 1983.

“Duendes”, (ARAMBURU) 1985.

“Ocaso de grillos”, (ARAMBURU) 1987.

“Luna, retamas y sueños”, (ESQUEL S.A.) 1994.

         

Ha obtenido el Segundo Premio en el Concurso Nacional de Poesías Dr. Gregorio Álvarez (Neuquén), 1978, por su poema “Un árbol, un hijo, un libro”; y mención especial por el Concurso Nacional de Poesía “Quijote de Plata”, Provincia de Santa Fé, por el poema “Para llegar al Sur”; Tercer Premio en el Concurso Nacional de Poesía para niños, José Pedroni (Acebal, Santa Fé), por el poema “Una cajita pequeñita”; Diploma de Selección en el Concurso Nacional de Cuentos 2000 de la S.A.D.E., por el cuento “La viuda del ferroviario”.

 

Se otorgará esta distinción a la escritora Silvia Montoto de Lázzeri por su destacada labor artística y social, mediante resolución fundada por el Concejo Municipal.

 

 

AUTORA: Concejal  Silvina García Larraburu (PJ).

 

COAUTORES: Concejales Marcelo Cascón, Fernando Martín, Irma Haneck, Hugo Cejas, Guillermina Alaniz, Alicia Grandío (UCR); Diego Breide y Beatriz Contreras (Encuentro).

 

 

El proyecto original Nº 259/04, fue aprobado en la sesión del día 21 de octubre de 2004, según consta en el Acta Nº 836/04. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 17 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

RESOLUCIÓN

 

Art.  1°)

Otorgar Premio al Mérito por su producción literaria, a la escritora rionegrina Silvia Montoto de Lázzeri, y por su particular obra “Otro gallo cantaría y otros cuentos”, que ha sido presentada en diversas ciudades de la provincia.

 

Art.  2°)

La presente Resolución no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.

 

Art.  3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.