RESOLUCIÓN N° 398-CM-10

 

 

 

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: MODIFICACIÓN DE PARTIDA PRESUPUESTO DEL CONCEJO MUNICIPAL AÑO 2009 PRORROGADO.

 

 

 

ANTECEDENTES

 

Presupuesto del año 2009 Prorrogado, en vigencia  a la fecha.

 

Ordenanza 1885-CM-08.

 

Resolución 465-PCM-10 firmada por el Presidente del Concejo Municipal, Lic. Darío Barriga.

 

 

FUNDAMENTOS

 

 

El Presupuesto del año 2009 prorrogado, aprobado por Ordenanza 1885-CM-08 de fecha 18 de diciembre de 2008.

 

En virtud de las ejecuciones presupuestarias del Concejo Municipal a la fecha, se ha producido una insuficiencia de fondos y mayor incremento de gastos en algunos rubros de las partidas Bienes de Consumo y Servicios:

 

En las partidas  Papelería y Útiles de Oficina, Racionamiento y Alimentos, Otros consumos sin clasificar, Art. de Iluminación y Eléctricos y Prod. Químicos, Barnices y Pintura no se prevén gastos importantes en el transcurso del año 2010, por consiguiente se debe reducir para poder incrementar las partidas de Pasajes, Viáticos y Movilidad.

 

Por todo lo antes mencionado se deben efectuar las modificaciones correspondientes

 

 

AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Lic. Darío Barriga.

 

 

 

 

La Resolución 465-PCM-10, con las modificaciones introducidas, fue aprobada en la sesión del día 16 de diciembre de 2010, según consta en el Acta Nº 957/10. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

 

 

 

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

RESOLUCIÓN

 

 

Art.  1°)

Se modifican las Partidas Parciales de Presupuesto del Concejo Municipal, correspondientes al año 2009 prorrogado, en vigencia:

 

BIENES DE CONSUMO

 

Partida 08.1.00.00.6.1.2.1.01.01.03 (Papelería y Útiles de Oficina) se reduce en la suma de pesos un mil ($1.000) quedando dicha partida con un importe de $25.500 de presupuesto.

 

Partida 08.1.00.00.6.1.2.1.01.01.09 (Racionamiento y Alimentos) se reduce en la suma de pesos quinientos ($ 500) quedando dicha partida con un importe de $3.000 de presupuesto.

 

Partida  08.1.00.00.6.1.2.1.01.01.11 (Otros consumos sin clasificar) se reduce en la suma de pesos un mil ($1.000) quedando con un importe de $ 7.500 de presupuesto.

 

Partida 08.1.00.00.6.1.2.1.01.01.14 (Artículos de Iluminación y Eléctricos) se reduce en la suma de pesos trescientos ($300) quedando dicha partida con un importe de $ 1.700 de presupuesto.

 

Partida 08.1.00.00.6.1.2.1.01.01.15 (Productos químicos, barnices y pintura) se reduce en la suma de pesos seiscientos ($600) quedando dicha partida con un importe de $3.400 de presupuesto.

 

SERVICIOS

 

Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.01.01.03 (Pasajes) se incrementa en la suma de pesos dos mil ($2.000) quedando dicha partida con un importe $5.000 de presupuesto.

 

Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.01.01.09 (Viáticos y movilidad) se incrementa en la suma de pesos un mil cuatrocientos ($1.400) quedando dicha partida con un importe de $9.400 de presupuesto.

 

Art.  2°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.