COMUNICACIÓN N° 800 -CM-15

 

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: COMUNICAR AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE RÍO NEGRO GARANTICE INFRAESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO INSTITUTO DE FORMACIÓN DOCENTE CONTINUA BARILOCHE.

 

ANTECEDENTES

 

Constitución Provincia de Río Negro.

 

  1. Carta Orgánica Municipal.

 

Ley Orgánica de Educación Provincia de Río Negro- Nº 4819.

 

FUNDAMENTOS

 

El Concejo Municipal de Bariloche recibió a los estudiantes organizados del Instituto de Formación Docente Continua de Bariloche (IFDC), quienes plantearon las graves dificultades edilicias que sufren, dificultades éstas que impactan en el normal desarrollo de las actividades educativas. En este sentido, enunciaron las falencias relacionadas a falta de espacio y a graves problemas de infraestructura.

 

La formación de educadores es sin duda una de las tareas centrales en la construcción de una sociedad más justa y no deben escatimarse esfuerzos a la hora de contar con instituciones de calidad que preparen a nuestros futuros docentes. Para nuestra ciudad el instituto es un importante centro de formación y capacitación, que con una población actual de aproximadamente 1300 alumnos, ha sido y es una referencia social y educativa para los barilochenses.

 

Por todo esto, entendemos que es necesario que el Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro, realice los esfuerzos necesarios para que la tarea del Instituto de Formación Docente Continua de Bariloche pueda desarrollarse en condiciones adecuadas.

 

AUTORES: Comisión Legislativa Concejales, Ramón Chiocconi (PJ); Prof. Elena Welleschik (UCR); Leandro Lescano (AFSP); Irma Haneck (SUR) y Mauro González (PVpC)

 

El proyecto original Nº 889/15, fue aprobado en la sesión del día 17 de septiembre de 2015, según consta en el Acta Nº 1040/15. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

 

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

 

Art. 1°)

Se solicita al Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro que arbitre las medidas necesarias para garantizar una infraestructura adecuada al Instituto de Formación Docente Continua de Bariloche y asegure el normal desarrollo de sus actividades.

 

Art. 2°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.