COMUNICACIÓN 937-CM-18

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: COMUNICA A DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD NECESIDAD DE CONTROL DE PESAJE RUTA 23

 

ANTECEDENTES

 

Ley de Tránsito y Seguridad Vial, 24449.

 

Decreto reglamentario 779/95.

 

Decreto modificatorio 79/98.

 

Decreto modificatorio 574/2014.

 

Decreto modificatorio 27/18.

 

Decreto modificatorio 32/18.

 

FUNDAMENTOS

 

El transporte de mercaderías y personas es la base fundamental de la economía y el funcionamiento de un país.

 

La estructura del pavimento está proyectada para soportar determinadas cargas máximas por eje, el paso de camiones que superen dicha carga máxima permitida o tengan mala distribución de carga entre sus ejes significaría daños y consecuencias importantes, exceder un 20% del máximo permitido por eje equivale a que un pavimento que debería durar 10 años dure 5 (http://www.vialidad.gov.ar/pesos-y-dimensiones).

 

La Dirección Nacional de Vialidad, es el organismo con jurisdicción sobre las rutas nacionales, así pues dentro de sus misiones y funciones se contempla la de “Ejercer la propiedad y jurisdicción total sobre la red Troncal Vial Nacional, conservando y mejorando el patrimonio vial”.

 

Los vehículos que circulen con pesos y dimensiones que superen los máximos admitidos, serán retenidos hasta tanto se reacomode la carga o se descargue el exceso. En los casos en que se detecte exceso de peso, la autoridad competente queda facultada a percibir en compensación por el deterioro ocasionado por dicho exceso, la tasa de resarcimiento que establece el decreto 79/98.

 

Atento a la relevancia estratégica del asfaltado de la Ruta Nacional 23, consideramos de importancia que la Dirección Nacional de Vialidad establezca puestos de control de cargas en su trazado, en concordancia con el objetivo de los mismos cual es la circulación en forma más segura y por mejores caminos.

 

 

AUTOR: Concejal Daniel González (PRO)

 

 

El proyecto original N.º 865/18, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 24 de mayo de 2018, según consta en el Acta N.º 1096/18. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

 

Art. 1°)

Se comunica a la Dirección Nacional de Vialidad que este Concejo Municipal vería con agrado la implementación de puestos de control de cargas sobre el trazado de la Ruta Nacional 23 .

 

Art. 2°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.