DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE COMUNICA AL DIRECTOR DE PAMI-INSSJP RECHAZO AL RECORTE EN MEDICAMENTOS GRATIS
ANTECEDENTES
Declaración Universal de Derechos Humanos.
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC).
Constitución Nacional.
Ley 19032: Créase el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.
Ley 23660: Apruébase el nuevo régimen de obras sociales.
Ley 24901: Sistema de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación integral a favor de las personas con discapacidad.
Ley 27541: Ley de solidaridad social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública, artículo 42°.
Constitución de la Provincia de Río Negro.
Carta Orgánica Municipal.
FUNDAMENTOS
El 2 de diciembre de 2024, el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI-INSSJP) emitió un comunicado de prensa anunciando un recorte en la cobertura de medicamentos para jubilados y pensionados. Esta medida, argumenta PAMI, responde a la necesidad de lograr una gestión más ordenada y eficiente, y asegurar la sostenibilidad de los servicios a largo plazo. Sin embargo, según esta disposición, el acceso a la cobertura gratuita quedará limitado a aquellos cuyos ingresos no superen los 1.5 haberes mínimos, lo que equivale a pesos trescientos ochenta y nueve mil trescientos noventa y ocho ($389.398).
Además, las nuevas restricciones establecen que podrán acceder a beneficios quienes perciban hasta tres haberes mínimos, únicamente en los casos en que convivan con una persona que posea Certificado Único de Discapacidad (CUD). Otros requisitos incluyen no estar afiliado a una prepaga, no ser propietario de más de un inmueble y poseer un vehículo con una antigüedad mayor a diez años.
En cuanto a los fundamentos esgrimidos, el titular del PAMI, Esteban Leguízamo, justificó esta medida bajo el argumento de una “gestión más ordenada y eficiente”. Sin embargo, este discurso resulta insostenible en términos reales. La ley 27541, en su artículo 42°, destinaba un setenta por ciento de la recaudación del impuesto País al financiamiento de programas administrados por la ANSES y las prestaciones del PAMI. Con la eliminación de dicho impuesto a principios de 2024, el organismo sufrió un severo desfinanciamiento. Paralelamente, la desregulación de los precios de los medicamentos ha derivado en un incremento interanual del trescientos cincuenta y seis por ciento, impactando de forma devastadora en la economía de las personas mayores.
La nueva normativa sobre medicamentos gratuitos excluye al 31,9% de los afiliados del PAMI, según datos oficiales del CEPA. Esto equivale a 1.703.405 jubilados y jubiladas que, debido al primer requisito establecido, quedan fuera del programa. Aquellos que cumplen los demás requisitos deberán gestionar un certificado adicional para acceder a la cobertura.
Considerando que la canasta básica de un jubilado ronda los pesos novecientos doce mis quinientos ochenta y cuatro mensuales y que una jubilación mínima no alcanza a cubrir ni un tercio de este monto, esta medida representa un ataque directo a quienes trabajaron toda su vida y hoy enfrentan la vulnerabilidad económica. En términos concretos, el ahorro promedio en medicamentos, estimado en pesos setenta y cuatro mil quinientos mensuales a noviembre de 2024, equivale al veintitrés por ciento de una jubilación mínima con bono.
Por todo lo expuesto, solicitamos el acompañamiento de los ediles a manifestar su rechazo a la nueva resolución del PAMI a fin de que su Director Ejecutivo se retrotraiga la medida y se garantice el acceso universal a los medicamentos, un derecho esencial para la vida y el bienestar de los jubilados y pensionados.
AUTORA: Concejala Roxana Ferreyra (Nos Une).
COLABORADORA: Eliana Romano.
El proyecto original N.º 238/24 fue aprobado en la sesión del día 19 de diciembre de 2024, según consta en el Acta N.º 1197/24. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
COMUNICACIÓN
Art. 1°) |
Se comunica al Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI-INSSJP) el rechazo a la medida de recorte en el acceso a medicamentos gratuitos para jubilados y jubiladas afiliados a la obra social, anunciada mediante un comunicado oficial el 2 de diciembre de 2024 |
Art. 2°) |
Se solicita al Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI-INSSJP) que retrotraiga la medida que recorta el acceso a medicamentos gratuitos para jubilados y jubiladas afiliados a la obra social. |
Art. 3°) |
Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese. |
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