DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE SOLICITA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL LA REGLAMENTACIÓN DE LA ORDENANZA 3098-CM-19
ANTECEDENTES
Constitución Nacional.
Constitución de la Provincia de Río Negro.
Carta Orgánica Municipal.
Ordenanza 3098-CM-19: Eficiencia energética en edificaciones.
FUNDAMENTOS
La reglamentación de la ordenanza 3098-CM-19, es un paso fundamental para optimizar el uso de la energía en nuestra ciudad, estableciendo condiciones mínimas de eficiencia energética y confort térmico en las construcciones nuevas. A través de esta normativa, se busca reducir de manera significativa el consumo energético de los edificios, tanto en su proceso de construcción como durante su vida útil. Con una mejor planificación y diseño en las envolventes térmicas y un enfoque en el uso eficiente de la energía, los edificios pueden consumir hasta un cuarenta por ciento menos de recursos, lo que se traduce en un importante ahorro económico para los propietarios y una reducción de la demanda de energía.
Además del impacto económico, esta ordenanza tiene un gran potencial para mitigar el impacto ambiental de la construcción y el uso de energía en la ciudad. Al reducir las emisiones de CO2 asociadas al consumo de energía, contribuimos directamente a la mejora de la calidad del aire y el entorno urbano, alineándonos con los compromisos internacionales asumidos por Argentina en el marco de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) y el Acuerdo de París. Este enfoque no solo permite un ahorro tangible en la factura energética de los hogares y edificios públicos, sino que también promueve un cambio hacia una ciudad más verde y sostenible.
El establecimiento de estas normativas también tiene un carácter estratégico, ya que permite optimizar los recursos energéticos disponibles, contribuyendo a una mayor disponibilidad de energía para otros usos y usuarios. De manera a largo plazo, la implementación de estas medidas será beneficiosa para todos, creando un entorno más eficiente y resiliente. A través de la sensibilización y la capacitación profesional, se busca que tanto los constructores como los ciudadanos comprendan los beneficios de esta ordenanza, no solo para las nuevas edificaciones, sino también para la mejora gradual de las viviendas existentes. En resumen, esta reglamentación representa una inversión en la sostenibilidad y calidad de vida de los habitantes, posicionando a la ciudad como un referente en el uso responsable de la energía.
AUTOR: Concejal Leandro Costa Brutten (Incluyendo Bariloche).
El proyecto original N.º 242/24, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 19 de diciembre de 2024, según consta en el Acta N.º 1197/24. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
COMUNICACIÓN
Art. 1°) |
Se solicita al Departamento Ejecutivo Municipal la necesidad de que proceda a cumplimentar en forma inmediata la reglamentación pendiente a la fecha de la ordenanza 3098-CM-19, en virtud de su relevancia para optimizar el uso de la energía en la ciudad, promover la sostenibilidad ambiental y mejorar la calidad de vida de los habitantes. |
Art. 2°) |
Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese. |
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