COMUNICACIÓN N° 694-CM-10

 

 

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: COMUNICAR ADHESIÓN AL PROYECTO DE LEY  343/10 DE LA LEGISLATURA PROVINCIA DE RIO NEGRO.

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ANTECEDENTES

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Proyecto de Ley 343/10.

 

Nota 455-ME-10.

 

 

FUNDAMENTOS

 

El perro ha compartido el hábitat del hombre desde hace no menos de 14.000 años y hoy sigue siendo la mascota más popular. Esta convivencia beneficiosa para ambos tiene su lado negativo en las zoonosis y las lesiones por las mordeduras producidas por los perros. Estas últimas son un grave problema para la salud pública.

 

Las principales consecuencias que se derivan de las mordeduras de los perros son las lesiones y cicatrices producidas por las agresiones, la posibilidad de transmisión de enfermedades infecciosas, como la rabia, pasteurelosis, el tétano y otras infecciones secundarias, las secuelas psicológicas, las incapacidades, los costos económicos de los tratamientos médicos y psicológicos, las bajas laborales, el control de los animales, y la muerte de la víctima, ya sea causada directamente por las lesiones producidas o por alguna enfermedad transmitida a través de las mordeduras.

 

Un aspecto no menor a tener en cuenta es el costo que implican a las comunidades las mordeduras habiéndose calculado en una provincia patagónica valores que oscilan entre $150 y $ 1.187 (fuente: Epidemiología de las mordeduras de perros en Tierra del Fuego. F. Zanini, P. Padinger, M. C. Elissondo, H. Pérez. Revista de los Colegios Veterinarios Patagónicos. Agosto de 2008).

 

Especialistas de la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y la Sociedad Mundial para la Protección Animal (WSPA) en la reunión de Río 2003 indicaron que existe una marcada tendencia al incremento en el crecimiento de las poblaciones caninas y la ocurrencia de mordeduras en América Latina, lo que evidencia la necesidad de implementar sistemas de vigilancia epidemiológicas. Además concluyeron en que las mordeduras de perro son un grave problema, que afecta no sólo a las personas, sino también a los gobiernos, debido a la alta inversión que debe hacerse ante la falta de medidas preventivas adecuadas sobre el tema.

 

Independientemente de la cantidad de animales en cada región, en cada localidad, lo que se puede observar es que una muy alta proporción tienen libre acceso a la vía pública durante varias horas del día. La superpoblación canina sumada a la práctica casi generalizada de que circulen libremente por la vía pública son las causas de un muy importante número de casos de mordeduras.

 

El Ministerio de Salud de la Nación es su “Manual de normas y procedimientos para la vigilancia, prevención y control de rabia” (2007) elaborado por veinte expertos de reconocida trayectoria, enumera los factores a tener en cuenta a nivel país, dentro de los que se destacan: 1) Registro de miles de accidentes de mordeduras de los cuales un importante número son de gravedad, con secuelas psicofísicas, producidas por caninos sin contención de dueños; 2) Importante subregistro de mordeduras en general; 3) Elevado número de población canina estimada: más de 1500 canes/km2 en zonas urbanas densamente pobladas; 4) Elevado índice en relación habitante/canes: 4 Hab/1 can. (considerado de alto riesgo).

 

Para el caso particular de Río Negro a modo de ejemplo se citan datos de dos localidades: en Sierra Grande de aproximadamente 7000 habitantes, durante el año 2009 se registraron 42 casos de mordeduras de perros. En Bariloche con aproximadamente 120.000 habitantes, durante el año 2008 se atendieron sólo en el Hospital Zonal 281 casos. La relación población humana/población canina es de 2 Hab/1 can, muy superior a la media nacional. A esta información de Bariloche, es importante agregar y resaltar que de acuerdo a información del Servicio de Pediatría del Hospital Ramón Carrillo desde junio de 1999 a mayo de 2000, 166 niños entre 1 mes y 14 años de edad debieron ser internados por traumas de distintos orígenes. Un 3% se debió a mordeduras de perros, lo que significa que 5 niños debieron ser internados por esa causa en el transcurso de un año.

 

Como ya se mencionó, el aumento de la población de perros sueltos en la vía pública está directamente relacionado al aumento de casos de personas mordidas. Sin embargo cerca del cincuenta por ciento (50 %) de los casos de mordeduras de perros son intradomiciliarias: son ocasionadas por la mascota de la casa, o en la casa de un pariente o vecino. Por este motivo las medidas preventivas no deben orientarse sólo a disminuir la cantidad de perros con libre acceso a la vía pública sin supervisión sino que además se debe asesorar a las personas que tengan perros como mascotas, con especial énfasis en la relación de éstas con los niños.

 

Las mordeduras pueden ser evitadas, para ello es fundamental el rol del Estado y sus políticas públicas, a través de difusión de información y concientización al respecto.

 

En la ciudad de Bariloche, el Grupo Bienestar Animal Bariloche, ha recopilado y trabajado en la elaboración de recomendaciones acerca de las mordeduras de perros. Al respecto, nos parece importante adjuntar las mismas como anexo al Expediente, para que puedan ser utilizadas en futuras campañas de concientización y promoción.

 

Por lo expuesto, se considera de suma importancia dar amplia difusión a las medidas de prevención de mordeduras en forma permanente pero intensificando las actividades durante una semana al año, creando la “Semana de la prevención de mordeduras de perros”. Esta forma de resaltar la importancia de divulgar medidas preventivas de este grave problema para la salud pública no tiene antecedentes en el país.

 

 

AUTOR: Concejal Hugo Cejas (SUR-FpV).

 

INICIATIVA: Grupo Bienestar Animal Bariloche.

 

El proyecto original Nº 744/10, fue aprobado en la sesión del día 4 de noviembre de 2010, según consta en el Acta Nº 954/10. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

 

Art.  1°)

Se comunica a la Legislatura de la Provincia de Río Negro que este Concejo Municipal considera necesario que den tratamiento y aprobación al Proyecto de Ley 343/10, en donde se reconoce en todo el territorio de la provincia de Río Negro a las mordeduras de perros como una problemática relacionada a la salud pública.

 

Art.  2°)

Comuníquese a la Legislatura de la Provincia de Río Negro. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.