DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE CONTRATA PARA MAESTRANZA Y MANTENIMIENTO DEL CONCEJO MUNICIPAL AL SR. JEREMÍAS SAUL ÁLVAREZ, CATEGORÍA 08
ANTECEDENTES
Ordenanza 137-CM-88: estatuto de obreros y empleados municipales de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche.
Resolución 462-CM-15: reglamento Interno del Departamento Deliberante y sus modificatorias.
Resoluciones 062-PCM-14 y 406-PCM-19.
Resolución 618-CM-19. Organigrama del Concejo Municipal y sus modificatorias.
Nota 012-SLV-2021 de fecha 12/02/2021, Secretaría Legislativa Virtual del Concejo Municipal.
FUNDAMENTOS
Por resolución 618-CM-19 se definió el puesto de Área Mayordomía, Maestranza y Ordenanzas del Concejo Municipal dependiente del Departamento de Despacho y Administración de este cuerpo.
Es indispensable contar con una persona que tenga experiencia en las tareas a encomendar por el jefe a cargo del personal del Área Mayordomía, Maestranza y Ordenanzas del Concejo Municipal.
Nota 012-SLV-2021 de fecha 12/02/2021, la secretaria legislativa del Concejo Municipal, autoriza la contratación del Sr. Jeremías Saul Álvarez DNI 31939011 a partir del 17/02/2021 hasta el 31/12/2021, para desempeñarse en el puesto de maestranza y mantenimiento del Concejo Municipal dependiente del Departamento de Despacho y Administración.
Existe disponibilidad de fondos en la partida presupuestaria 2.15.18.25.0040.156.1 (RRHH).
En virtud de las atribuciones otorgadas por el art. 09.º) inciso "g" del texto ordenado (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.
CMSCB.DDYA.MO.01 - Rev.00
fecha: 12 /02 /2021
“2021 - año internacional para la Eliminación del Trabajo Infantil”
(ordenanza 3203-CM-20)
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LA PRESIDENTA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE
SAN CARLOS DE BARILOCHE
RESUELVE
Art. 1.º) Se contrata a partir del 17/02/2021 hasta el 31/12/2021, al Sr. Jeremías Saul Álvarez DNI 31939011, con categoría 08, para desempeñarse en el puesto de maestranza y mantenimiento del Concejo Municipal dependiente del Departamento de Despacho y Administración, con una carga horaria de 7 horas diarias y/o 35 horas semanales.
Art. 2.º) Se comunica al Departamento de Sueldos, al Departamento de Personal a efectos de proceder a la liquidación de haberes correspondientes.
Art. 3.º) Se afecta la partida presupuestaria 2.15.18.25.0040.156.1 (RRHH).
Art. 4.º) Comuníquese. Dese a publicidad. Cumplido, archívese.
San Carlos de Bariloche, 01 de marzo de 2021.
NSA/CRH/cmf.