DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE ORDENA PUBLICACIÓN FE DE ERRATAS ORDENANZA 3218-CM-21
ANTECEDENTES
Carta Orgánica Municipal.
Ordenanza 3218-CM-21 “PRORROGA PLAZO COMODATO A JUNTA VECINAL PINAR DEL LAGO. ORDENANZA 1415-CM-04”.
Resolución 462-CM-15 “Reglamento interno del Departamento Deliberante de San Carlos de Bariloche”.
FUNDAMENTOS
Mediante el proyecto de ordenanza 136-CM-20, presentado el 01 de septiembre de 2020, se pretendía efectivizar la prórroga de 5 años del comodato celebrado con la Junta Vecinal Pinar del Lago, en los términos facultados por la ordenanza 1415-CM-04.
Por nota enviada al Concejo Municipal el 19 de abril de 2021 por la Junta Vecinal Pinar del Lago, describiendo las diversas actividades que se desarrollan en la sede y el espacio verde conexo, así como el proyecto de ampliación del establecimiento y diversas mejoras, solicitó la tramitación de un nuevo convenio de comodato por un plazo de 20 años a fin de llevar adelante sus objetivos.
Tras haberse realizado modificaciones al proyecto, tanto del articulado como de los fundamentos del mismo, surge que ya no se trata de una prorroga sino de un nuevo convenio de comodato, receptando así la propuesta efectuada en la nota por la Junta Vecinal Pinar del Lago.
Las modificaciones incorporadas no han tenido, por error material, su correlato en la descripción sintética.
Por todo ello resulta necesario ordenar la presente Fe de Erratas para subsanar la discrepancia.
AUTORA: presidenta del Concejo Municipal, Natalia Soledad Almonacid (bloque JSRN).
En virtud de las atribuciones otorgadas por el art. 09.º) inciso "z" del texto ordenado (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.
LA PRESIDENTA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE
SAN CARLOS DE BARILOCHE
RESUELVE
Art. 1.º) Se ordena la publicación de Fe de Erratas de la ordenanza 3218-CM-21 sancionada el 06 de mayo de 2021.
En la descripción sintética donde dice “PRORROGA PLAZO COMODATO A JUNTA VECINAL PINAR DEL LAGO. ORDENANZA 1415-CM-04”, debe decir: “COMODATO A JUNTA VECINAL PINAR DEL LAGO. ORDENANZA 1415-CM-04”.
Art. 2.º) Se comunica al Departamento Ejecutivo Municipal la Fe de Erratas que se adjunta como anexo I de la presente.
Art. 3.º) La presente resolución se aprueba ad referendum de la próxima sesión ordinaria del Concejo Municipal.
Art. 4.º) Comuníquese. Dese a publicidad. Cumplido, archívese.
San Carlos de Bariloche, 17 de mayo de 2021.
NSA/CRH/vhf
DDYA
ANEXO I
Concejo Municipal
Municipalidad de San Carlos de Bariloche
"No a la violencia de género. Ni una menos"
(ordenanza 3203-CM-20)
PODER LEGISLATIVO
MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN 109-PCM-21
Mediante resolución 109-PCM-21, la Presidencia del Concejo Municipal de la ciudad de San Carlos de Bariloche ordena la publicación de Fe de Erratas de la ordenanza 3219-CM-21, sancionada el 06 de mayo de 2021, en la descripción sintética donde dice: “PRORROGA PLAZO COMODATO A JUNTA VECINAL PINAR DEL LAGO. ORDENANZA 1415-CM-04”, debe decir: “COMODATO A JUNTA VECINAL PINAR DEL LAGO. ORDENANZA 1415-CM-04”.