DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE LLAMA AUDIENCIA PÚBLICA PROYECTOS DE ORDENANZA 219/24: “SE APRUEBA Y REEMPLAZA EL ANEXO I DE LA ORDENANZA 2374-CM-12” Y 220/24: “SE APRUEBAN Y REEMPLAZAN LOS ANEXOS I Y II DE LA ORDENANZA 2375-CM-12”
ANTECEDENTES
Carta Orgánica Municipal, Segunda Parte, Título Primero, Sección Primera, Capítulo Único, artículo 29º, inciso 2 y 39º y Segunda Parte, Título Sexto, Sección Única, Capítulo III, artículo 111° y Capítulo VI artículos 128º y 130º.
Ordenanza 1611-CM-06: Proceso presupuestario de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, artículo 19º.
Ordenanza 2374-CM-12: Ordenanza Fiscal.
Ordenanza 2375-CM-12: Ordenanza Tarifaria.
Ordenanza 1744-CM-07: Reglamentación de Audiencias Públicas.
Proyecto de ordenanza 219/24: Se aprueba y reemplaza el anexo I de la ordenanza 2374-CM-12.
Proyecto de ordenanza 220/24: Se aprueban y reemplazan los anexos I y II de la ordenanza 2375-CM-12.
Acta 33/24 de la Comisión Legislativa.
FUNDAMENTOS
En la Carta Orgánica Municipal (COM) se establecen los mecanismos para garantizar la participación ciudadana, como es la Audiencia Pública para determinadas cuestiones de relevancia y trascendencia para la ciudad. La importancia de esta herramienta se vincula necesariamente a subrayar los canales de comunicación entre la sociedad y las acciones de gobierno.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 128° de la COM: “Se consideran servicios públicos de competencia municipal todos aquellos que satisfagan necesidades básicas de los habitantes”, y lo dispuesto por el artículo 130° de la COM: “Toda concesión o régimen tarifario, debe ser aprobado con la convocatoria previa a una audiencia publica”, resulta necesario realizar la convocatoria de una audiencia pública para el tratamiento de los proyectos de ordenanza 219/24: “Se aprueba y reemplaza el anexo I de la ordenanza 2374-CM-12” y 220/24: “Se aprueban y reemplazan los anexos I y II de la ordenanza 2375-CM-12”.
La ordenanza 1744-CM-07 de audiencias públicas, en su artículo 6º establece que la Audiencia Pública debe ser realizada dentro de los cuarenta y cinco (45) días corridos de dictada la resolución de su convocatoria y ser publicada en al menos tres medios de difusión masiva de la localidad durante tres (3) días con una antelación no menor a quince (15) días corridos respecto de la fecha fijada para su realización.
En consideración al cumplimiento de los artículos 128° y 130° de la COM y a la ordenanza 1744-CM-07, se efectúa la presente convocatoria, para el 20 de diciembre de 2024 en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal a las 18 h para el tratamiento de los proyectos 219/24: “Se aprueba y reemplaza el anexo I de la ordenanza 2374-CM-12” y 220/24: “Se aprueban y reemplazan los anexos I y II de la ordenanza 2375-CM-12”.
AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Gerardo Del Río.
En virtud de las atribuciones otorgadas por el art.09.º) inciso “y” del texto ordenando (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.
EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL
DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
RESUELVE
Art. 1°) |
Se convoca a Audiencia Pública para el 20 de diciembre de 2024 a las 18 h en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal, sita calle Paseo de la Ciencia Dr. Balseiro 80, para el tratamiento de los proyectos de ordenanza 219/24: “Se aprueba y reemplaza el anexo I de la ordenanza 2374-CM-12” y 220/24: “Se aprueban y reemplazan los anexos I y II de la ordenanza 2375-CM-12” que se encuentran en trámite legislativo ante el Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche. La autoridad convocante es la Comisión de Economía, Hacienda, Finanzas y Desarrollo Económico del Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche. |
Art. 2°) |
Se informa a la comunidad que, en cumplimento de la ordenanza 1744-CM-07, Reglamentación de audiencias públicas, los proyectos de ordenanza , estarán disponibles en la página web del Concejo Municipal (www.concejobariloche.gov.ar) y también se facilitará vía e-mail, con petición previa a través del correo electrónico prensaconcejobariloche@gmail.com o al número de teléfono: 294 4425127. |
Art. 3°) |
Se habilita la Mesa de Entrada y Salidas Virtual del Concejo Municipal, para la inscripción de los participantes, desde el 3/12/24 a las 8 h hasta el 17/12/24 a las 15 h, a los efectos de que los interesados: 1) formulen su inscripción y acompañen en su caso, la documentación de la que pretendan valerse, 2) efectúen presentaciones posteriores a la audiencia hasta el 30/12/24 de diciembre de 2024 hasta las 15 h. Previo a la celebración de la Audiencia Pública el Concejo Municipal, por medio del área correspondiente, enviará al inscripto una constancia de inscripción y recepción de documentación. La remisión de la constancia será únicamente por medios digitales. |
Art. 4°) |
Normas de funcionamiento:
La Audiencia Pública será presidida por la Presidenta de la Comisión de Economía, Hacienda, Finanzas y Desarrollo Económico del Concejo Municipal, concejala María del Carmen Coronado, quien podrá requerir al momento de su celebración la colaboración de mediadores, facilitadores y/o moderadores.
Primera parte a) La autoridad convocante expondrá de manera precisa los tópicos legislativos y jurídicos sobre los que versa la convocatoria. b) Iniciada la audiencia se hará una pormenorizada presentación del proyecto en trámite por parte de los autores. c) Se dará lectura a: - Las normas jurídicas y prácticas aplicables a la Audiencia Pública, en forma breve y genérica. - El orden del día. - Parte resolutiva del proyecto a tratarse.
Segunda parte
d) Se cederá la palabra a los inscriptos en el registro de participantes en el orden que resultare de su número de inscripción. Cada participante contará con un plazo máximo de cinco (5) minutos para su exposición pública. e) Por resolución fundada previa, quien preside la Audiencia podrá prolongar el plazo de exposición hasta un máximo de diez (10) minutos. f) Las exposiciones estarán siempre dirigidas a quien preside la Audiencia. g) La documentación y prueba de la cual pretendan valerse los expositores estarán a disposición de las partes en la sede de la Audiencia. h) Solo se le podrán realizar preguntas a quienes estén inscriptos en carácter de parte, los que deberán responderlas con similar mecánica a la de las exposiciones una vez que quien presida ceda la palabra. Disposiciones generales i) Se realizará una transcripción tipográfica y grabación de la audiencia. |
Art. 5°) |
Se notifica formalmente al Departamento Ejecutivo a los fines de que designe al responsable y/o responsables de la presentación y explicación de los proyectos en la Audiencia que convoca en igual plazo que el establecido artículo 4º de la presente. |
Art. 6°) |
Se instruye a la Subsecretaría de Comunicación Institucional a dar publicidad a la presente y a la Audiencia Pública que en consecuencia se desarrolla en los términos y cumpliendo las previsiones de los artículos 6°, 7°, concordantes y siguientes de la ordenanza 1744-CM-07. |
Art. 7°) |
La presente resolución se aprueba ad referéndum de la próxima sesión ordinaria de Concejo Municipal. |
Art. 8°) |
Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese. |
San Carlos de Bariloche, 02 de diciembre de 2024
GRDR/GBN/sag
- Versión PDF de la Resolución: CLIC AQUÍ