DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE DECLARA DE INTERÉS MUNICIPAL A LA COMPETENCIA DE TIRO PRÁCTICO ABIERTO PATAGÓNICO 2025

 

ANTECEDENTES

Carta Orgánica Municipal.

Ordenanza 2071-CM-10: Jerarquización de las declaraciones de interés del Concejo Municipal. Reglamentación.

Nota: 730-MEySV-25: de la Asociación Civil Tiro Federal Bariloche referida a la solicitud de declaración de Interés.

 

FUNDAMENTOS

En el marco del aniversario 110º de la Asociación Civil Tiro Federal Bariloche se realizara la competencia deportiva internacional de tiro practico, Abierto Patagónico 2025 desde el 28 de febrero al 3 de marzo del corriente, de 9 a 17 h, en los polígonos ubicados en calle Esandi 5215.

El acceso para presenciar la competencia sera libre y gratuito y se recomienda el uso obligatorio de protección visual y auditiva.

El evento es avalado por la Federación Internacional de Tiro Práctico de la República Argentina y la Confederación Internacional de Tiro Práctico y contara con la participación de tiradores federados de Argentina, Chile, Brasil, Uruguay y Paraguay.

El tiro practico es una disciplina de tiro deportivo en la que los participantes deben balancear precisión, potencia y velocidad con múltiples blancos, estrategias y obstáculos en estilo libre.

Por todo lo expuesto se declara de interés municipal la competencia Abierto Patagónico 2025.

 

AUTORES: Presidente del Concejo Municipal, Gerardo Del Río.

INICIATIVA: Concejala María Del Carmen Coronado (PUL) y Asociación Civil Tiro Federal Bariloche.

 

En virtud de las atribuciones otorgadas por el art.09.º) inciso “y” del texto ordenando (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.

 

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE

SAN CARLOS DE BARILOCHE

RESUELVE

 

Art. 1°)

Se declara de interés municipal a la competencia de tiro práctico Abierto Patagónico 2025, organizada por la Asociación Civil Tiro Federal Bariloche a desarrollarse del 28 de febrero al 3 de marzo de 2025, desde las 9 hasta las 17 h, en Esandi 5215.

Art. 2°)

La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.

Art. 3°)

La presente resolución se aprueba ad referéndum en la próxima sesión ordinaria del Concejo Municipal.

Art. 4°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.

 

 

 

San Carlos de Bariloche, 19 de febrero de 2025.

GRDR/GBN/sag