DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE REGLAMENTA COMISIÓN VERTEDERO

ANTECEDENTES

Carta Orgánica Municipal.

Ordenanza 3554-CM-25. “Regula creación y vigencia de comisiones especiales. Crea registro único”.

Resolución 462-CM-15. Reglamento interno del Concejo Municipal Art.9° inc y) y Art. 28°.

Acta N.º 77/26 de Comisión Legislativa de fecha 7-04-26.

FUNDAMENTOS

En virtud de que en comisión legislativa de fecha 7 de abril de 2026 se acordó entre los siete bloques del Concejo la creación de una comisión de estudio, a los fines de escuchar a los vecinos y recibir opiniones y documentación (conforme acta N° 77 y registro fílmico). Que dicha Comisión se ha conformado en el marco del artículo 38° inc 20) de la COM y el artículo 28° del Reglamento Interno (Res. 462-CM-15).

La Comisión, se reunió los días 13,14,15,16 y 17 de abril, en la sala de sesiones del Concejo Municipal donde se recibieron las alocuciones, documentación y propuestas de todos los inscriptos para exponer.

En la Comisión Legislativa de fecha 22 de abril del corriente, se acordó la continuidad de la Comisión y generar la posibilidad de que la misma tenga carácter interjurisdiccional.

En ese marco resulta necesario y pertinente otorgar un marco normativo a la Comisión creada.

Por lo expuesto y considerando que esta Comisión se ha creado para abordar la problemática del actual Vertedero y no en el marco de un proyecto determinado, en función del art. 9°inc y) del reglamento interno del Concejo, se dicta la presente Resolución de Presidencia a los fines de dar un marco de base para dar cumplimiento al objeto de la Comisión.


AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Gerardo del Rio.
 

En virtud de las atribuciones otorgadas por el art.09.º) inciso “y” del texto ordenando (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal

 

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL

DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

RESUELVE

 

Art. 1°)

OBJETO: Se reglamenta la comisión creada por el cuerpo constituido en comisión legislativa de fecha 7 de abril de 2026 conforme al art. 28° del Reglamento Interno del Concejo Municipal denominada “Comisión de Participación Ciudadana por el Vertedero Municipal” a fin de ordenar los aportes audiovisuales y documentales de las ciudadanía, establecer el destino de los mencionados y analizar las posibilidades de brindar soluciones a la actual situación del Vertedero Municipal.

Art.2°)

INTEGRACIÓN: La Comisión se integra de la siguiente manera:

a) Miembros permanentes: un representante de cada bloque político del Concejo Municipal.

b) Miembros especiales: En el desarrollo de primera reunión se definirá la integración por miembros especiales que podrá incluir a un representante de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, de Dina Huapi, un representante de la Administración Nacional de Parques Nacionales, un representante del Poder Ejecutivo Provincial.

Posteriormente la propia comisión podrá invitar a personas humanas o jurídicas que puedan ser afectados y/o tengan interés técnico particular.

Los miembros permanentes tendrán derecho a voz y voto. Los miembros especiales tendrán derecho a voz, pero no a voto.

Art.3°)

SON DEBERES Y ATRIBUCIONES DE LA COMISIÓN:

a) Revisar la presente reglamentación a los fines prácticos y de cumplimiento del objeto.

b) Designar al presidente de la misma pudiendo ser la presidencia rotativa.

c) Establecer un plazo o período de funcionamiento no mayor a 90 días desde la constitución.

d) Fijar la periodicidad, fecha y hora de las reuniones.

f) Emitir un informe como respuesta a la participación vecinal con debido acceso público al mismo fijando un plazo especifico a tales fines.

Art.4°)

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

a) Las pautas de funcionamiento de la presente comisión se rigen por las propias de las comisiones permanentes del reglamento interno.

b) La primera reunión será convocada y presidida por el presidente del Concejo hasta tanto la propia comisión lo resuelva de acorde a lo establecido en el art. 3- inc. b

Art.5°)

La presente Resolución se aprueba ad referéndum de la próxima sesión ordinaria del Concejo Municipal.

Art. 6°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.

San Carlos de Bariloche, 05 de mayo de 2026

GRDR/GP/sag