RESOLUCIÓN N° 303-CM-04
DESCRIPCION SINTETICA: MODIFICACION Y CREACION DE PARTIDAS PRESUPUESTO DEL CONCEJO MUNICIPAL AÑO 2004.
ANTECEDENTES
Presupuesto del año 2004, en vigencia a la fecha.
Ordenanza 1387-CM-04.
Ordenanza 1445-CM-04.
La Resolución 285-PCM-04, firmada por el Presidente del Concejo Municipal, Sr. Marcelo Cascón.
FUNDAMENTOS
El Presupuesto del año 2004 aprobado por Ordenanza 1387-CM-04 de fecha 22 de abril de 2004.
En la modificación del Presupuesto 2004 que se aprobó por Ordenanza 1445-CM-04 de fecha 18 de noviembre de 2004, se autoriza el incremento del Presupuesto del Concejo en $ 40.000.
En virtud de las ejecuciones presupuestarias del Concejo Municipal a la fecha, atento a la insuficiencia de fondos y mayor incremento de gastos en algunos rubros, corresponde efectuar unas modificaciones de partidas y crear otra.
AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Sr. Marcelo Cascón.
La Resolución Nº 285-PCM-04, con las modificaciones introducidas, fue aprobada en la sesión del día 2 de diciembre de 2004, según consta en el Acta Nº 838/04. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 17 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
RESOLUCIÓN
Art. 1°) |
Modificar las Partidas Parciales de Presupuesto del Concejo Municipal, correspondientes al presupuesto año 2004 en vigencia:
PARTIDAS PERSONAL:
Partida 08.1.00.00.6.1.1.1.01 (sueldo básico) se incrementa en la suma de pesos cuatro mil ($ 4.000).
PARTIDAS DE CONSUMO:
Partida 08.1.00.00.6.1.2.1.06 (Vestimenta y seguridad) - se asigna la suma de pesos setecientos ($ 700).
Partida 08.1.00.00.6.1.2.1.08 (Productos de farmacia) - se reduce en la suma de pesos quinientos ($ 500).
Partida 08.1.00.00.6.1.2.1.11 (Otros consumos sin clasificar) - se reduce en la suma de pesos un mil ($ 1.000).
Partida 08.1.00.00.6.1.2.1.12 (Insumos y materiales de computación) se incrementa en la suma de pesos dos mil ($ 2.000).
PARTIDAS DE SERVICIOS:
Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.01 (Electricidad, agua y gas) asignar la suma de pesos doce mil ($ 12.000).
Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.03 (Pasajes) se incrementa en la suma de pesos quinientos ($ 500).
Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.04 (Comunicaciones) se incrementa en la suma de pesos diez mil ($ 10.000) y Página WEB pesos cuatro mil ($4.000).
Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.05 (Publicidad y Propaganda) se incrementa en la suma de pesos dos mil ($ 2.000).
Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.09 (Viáticos y movilidad) se incrementa en la suma de pesos trescientos ($ 300).
Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.11 (Imprenta y reproducción) se incrementa en la suma de pesos setecientos ($ 700).
Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.12 (Conservación y reparación) se incrementa en la suma de pesos ochocientos ($ 800).
Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.14 (Cortesía y homenaje ) se incrementa en la suma de pesos dos mil ($ 2.000).
Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.15 (Gastos Varios sin Clasificar) se incrementa en la suma de pesos un mil quinientos ($ 1.500).
Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.17 (Capacitación) asignar la suma de pesos un mil ($ 1.000).
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Art. 2°) |
Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese. |
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