RESOLUCIÓN N° 306-CM-04
DESCRIPCION SINTETICA: DECRETAR NULIDAD ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE VECINOS CONVOCADA EN EL BARRIO LAS QUINTAS.
ANTECEDENTES
El planteo de nulidad efectuado en el curso de la última sesión ordinaria del Concejo Municipal, al tiempo de encontrarse en tratamiento el Proyecto de Ordenanza de aprobación del nuevo estatuto social presentado.
Presentado el planteo, el Concejo Municipal se abocó al estudio de la presentación y a requerir a la Comisión Directiva la totalidad de la documentación convalidante.
La Disposición N° 01/04 de la Dirección de Juntas Vecinales, de fecha 17 de diciembre de 2004, que dispuso la acefalía de las autoridades de la Junta Vecinal.
La Resolución 306-PCM-04, firmada por el Presidente del Concejo Municipal, Concejal Marcelo Cascón.
FUNDAMENTOS
Analizadas las actuaciones por parte de la Asesoría Letrada del Concejo Municipal, la misma concluye en la procedencia del planteo de nulidad; toda vez que de la documentación acompañada, no surge la determinación asamblearia formal y expresa que aprueba la exigibilidad de una cuota social dineraria.
En consecuencia, la expresa exclusión de los socios supuestamente deudores dispuesta en la Asamblea del pasado 2 de mayo de 2004, a los efectos del debate y aprobación del estatuto, careció de validez, lesionando el legítimo derecho deliberativo de los vecinos.
Especial consideración merece la trascendencia de los temas debatidos en la asamblea del 2 de mayo de 2004, relativos justamente al corazón de la vida institucional de una junta vecinal, cual es su estatuto.
Llegado a esta instancia del proceso administrativo, el Departamento Ejecutivo Municipal dictó la Disposición N° 01/04, declarando la acefalía de las autoridades de la Junta Vecinal, por vencimiento de mandato.
Deviene necesario revocar la citada resolución, a los efectos de poder reencauzar el ordenamiento del proceso eleccionario en la Junta Vecinal.
AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Concejal Marcelo Cascón.
La Resolución 306-PCM-04, con las modificaciones introducidas, fue aprobada en la sesión del día 23 de diciembre de 2004, según consta en el Acta Nº 839/04. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 17 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
RESOLUCIÓN
Art. 1°) |
Decretar la nulidad de la Asamblea Extraordinaria de vecinos convocada en el Barrio Las Quintas para el día 2 de mayo de 2004, celebrada a las 20,00 y 21,30 horas.
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Art. 2°) |
Restituir las actuaciones a la Dirección de Juntas Vecinales, notificando de la presente resolución a sus efectos.
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Art. 3°) |
Restituir la totalidad de la documentación presentada por la Comisión Directiva de la Junta Vecinal del Barrio Las Quintas, a los fines de que se cumplimenten los recaudos legales y estatutarios necesarios para la aprobación de su modificación.
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Art. 4°) |
Revocar la Disposición N° 01/04 de la Dirección de Juntas Vecinales y por ende, dejar sin efecto, la declaración de acefalía de la Junta Vecinal Las Quintas.
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Art. 5°) |
Otorgar a las autoridades de la Comisión Directiva de la Junta Vecinal Las Quintas, un plazo perentorio de siete días hábiles a fin de que efectivicen ante la Dirección de Juntas Vecinales del Departamento Ejecutivo Municipal, la presentación del cronograma electoral tendiente a la renovación de autoridades, bajo apercibimiento del artículo 23 de la Ordenanza 194-C-86.
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Art. 6°) |
Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese. |